La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años y un día de prisión al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera por su implicación en una pieza separada relacionada con una ayuda pública de 937.500 euros concedida a la empresa Autologística de Andalucía S.A. La sentencia considera al exalto cargo autor de un delito de prevaricación en concurso medial con otro de malversación de caudales públicos, aplicándole además la atenuante de dilaciones indebidas. Además de la pena de prisión, el fallo establece seis años y un día de inhabilitación absoluta y la obligación de abonar 937.500 euros a la Junta de Andalucía “como resarcimiento por el perjuicio causado”, una cantidad que coincide con el dinero que el tribunal considera “malversado”.
La resolución judicial analiza la ayuda concedida a Autologística de Andalucía S.A., empresa con sede en La Roda de Andalucía dedicada al transporte de vehículos y mercancías, transporte intermodal, logística, almacenaje, distribución y embalaje, entre otras actividades vinculadas al sector. Según recoge la sentencia, la empresa fue creada el 6 de junio de 2003 por Transportes Ferroviales Especiales S.A. (Tranfesa) e Iniciativas Portuarias S.A.U. (Grupo Bergé) con un capital social de cuatro millones de euros.
Los magistrados señalan que el consejero de la empresa Abraham P.A., fallecido en 2021, conocía que la Dirección General de Trabajo concedía ayudas públicas “con inusitada facilidad y carencia de trámites”, lo que permitió que primero el director general Francisco Javier Guerrero y después su sucesor Juan Márquez aprobaran ayudas por 2,4 millones de euros para la compañía. Sin embargo, en este procedimiento solo se ha juzgado la segunda ayuda, solicitada el 16 de marzo de 2010 por importe de 1.250.000 euros, cuando la empresa atravesaba lo que el tribunal describe como una “situación terminal” debido a la crisis económica y a la falta de liquidez para pagar nóminas y proveedores.
Según la Audiencia, cuando Daniel Alberto Rivera fue nombrado director general en abril de 2010 ya conocía el estado “caótico” del sistema de ayudas y las irregularidades del expediente. Pese a ello, el 22 de junio de 2010 firmó una resolución ordenando el pago del 75% de la ayuda, es decir, 937.500 euros. Posteriormente dictó nuevas resoluciones que permitieron abonar 250.000 euros el 4 de agosto de 2010 y 687.500 euros el 13 de noviembre del mismo año a través de la agencia IDEA. El 25% restante, equivalente a 312.500 euros, no llegó a pagarse tras estallar el escándalo de los ERE.
El tribunal concluye que en la concesión y ejecución de esta ayuda “se incumple la legislación en que dicen basarse esas resoluciones” y que no se comprobó la viabilidad de la empresa, ni se controló el destino de los fondos ni se justificó la cuantía concedida. Para los magistrados, los hechos supusieron “una sustracción y distracción de caudales inequívocamente públicos de su vinculación al interés general”, con pleno conocimiento de los responsables públicos implicados. La sentencia no es firme y puede recurrirse en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Otra sentencia reciente
Esta nueva condena se suma a otra dictada anteriormente contra Daniel Alberto Rivera en el marco del caso ERE. En septiembre de 2025, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ya le impuso cuatro años y un mes de prisión por su intervención en la pieza separada relacionada con el ERE de Fertiberia, al considerarlo responsable de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por las ayudas concedidas a catorce extrabajadores de la compañía.
En aquella resolución, el tribunal también acordó diez años y un mes de inhabilitación absoluta y le obligó a indemnizar a la Junta de Andalucía con 682.598,50 euros, cantidad correspondiente a tres órdenes de pago firmadas por Rivera que permitieron abonar ayudas vinculadas a pólizas de prejubilación. La sentencia, que no era firme y podía recurrirse ante el Tribunal Supremo, analizaba pagos efectuados con fondos públicos destinados a pólizas gestionadas por aseguradoras en favor de antiguos empleados de la empresa.
