La Junta eliminará la renta andaluza en cuanto esté activo el Ingreso Mínimo Vital

La Consejería de Igualdad alega que la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía tiene carácter subsidiario. A partir del lunes obliga a sus beneficiarios a pedir antes el IMV y quedará paralizada su tramitación

Juan Marín y Juan Manuel Moreno Bonilla. FOTO: JUNTA DE ANDALUCÍA
Juan Marín y Juan Manuel Moreno Bonilla. FOTO: JUNTA DE ANDALUCÍA

Un documento de la Consejería de Igualdad revela que, desde el próximo lunes, no se podrán iniciar los trámites para obtener la renta básica andaluza. Esto se debe a la activación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que se aprobó ayer el Congreso de los Diputados con el apoyo de todas las fuerzas políticas a excepción de Vox. Según InfoLibre, la administración que preside Juan Manuel Moreno Bonilla (PP) alega que la renta andaluza tiene “carácter subsidiario”, por lo que obliga a sus beneficiarios a solicitar prestaciones que les correspondan y conlleven un incremento de sus recursos económicos. Por ello, desde la Junta explican que es necesario solicitar el IMV antes que la renta andaluza.

La decisión de suprimir esta tramitación viene tomada por Rocío Ruiz (Ciudadanos) y la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación que la onubense dirige. “Desde las delegaciones territoriales [provinciales] de esta consejería, a partir del día 15 de junio, en que se puede solicitar el IMV, no se podrán iniciar los trámites de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía”, apunta el escrito oficial de la Consejería. Este documento también matiza que el IMV sí es compatible con el resto de rentas mínimas autonómicas. Mientras tanto, por parte de la Junta "la recomendación es que en la información facilitada a las personas interesadas se priorice la solicitud del IMV”.

El ente autonómico también supedita las solicitudes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía a aquellos supuestos en los que ya se haya recibido resolución denegatoria del IMV, o supuestos en los que claramente la normativa no permita el acceso. Desde la Consejería apuntan que "el IMV no requiere una valoración social de los profesionales, por lo que se considera que no sería conveniente, ni justificado destinar el personal de los servicios sociales comunitarios a desempeñar tareas que vayan más allá de la información básica a la ciudadanía”. "Si bien la Renta Mínima de Inserción Social no computa a la hora de valorar el acceso al IMV, a la inversa no se produce la misma situación, por lo que las unidades familiares que accedan a éste último, en la mayoría de los casos, no mantendrán el derecho a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, existiendo riesgo de solapamiento”, añade el documento oficial.

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