El Gobierno comienza a tramitar el indulto a Griñán... algo que se hace con todas las peticiones

Pese a la polémica generada, el Ministerio de Justicia ha aclarado que se trata de un trámite habitual en este tipo de situaciones y que un Gobierno en funciones no puede conceder indultos

José Antonio Griñán, en una imagen de archivo.
José Antonio Griñán, en una imagen de archivo.

El Gobierno de España en funciones ha confirmado que ha comenzado los trámites del indulto a José Antonio Griñán y el resto de condenados por el caso ERE que así lo solicitaron. La noticia avanzada por ABC ha provocado cierto revuelo, aunque la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha aclarado algunos puntos sobre la cuestión.

La Audiencia de Sevilla ha emitido una serie de diligencias, en las que da cuenta de que el Ministerio de Justicia le ha trasladado oficios en los que le solicita informes respecto a cada uno de los exdirigentes socialistas de la Junta de Andalucía que han solicitado ser indultados de sus respectivas penas de cárcel por malversación.

Sin embargo, esto se trata de un mero trámite administrativo que ocurre con todas las peticiones. Además, el Gobierno al encontrarse en funciones no puede conceder indultos. Llop ha aclarado que la petición está siendo "tramitada como todos los indultos, con "el mismo curso" que cualquier otra.

Todas las peticiones de indulto, según la ministra, son tramitadas "de la misma manera" y, en consecuencia, estas solicitudes están "en fase de tramitación", pues "cuando el gobierno está en funciones no se pueden conceder" indultos, pero su tramitación se realiza "igual".

Ahora, la Audiencia de Sevilla, como tribunal sentenciador, tendrá que emitir un informe en el que valore la idoneidad tras haber recibido la comunicación del Ministerio. La Sección Primera de la Audiencia ha acordado, en una providencia incluida en la misma resolución, formar "expediente de indulto, de acuerdo con lo dispuesto en la ley de 1870 reguladora de la gracia de indulto", para lo cual solicita la "hoja histórico-penal" de cada uno de los condenados que ha solicitado indulto, así como "certificación de la sentencia dictada y de la liquidación de condena practicada en la misma o informe de conducta en su caso".

Sobre el autor:

Emilio Cabrera.

E. C.

Periodista.

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