Estas son las nuevas multas de la DGT vigentes en 2021

La Dirección General de Tráfico endurece las sanciones por algunas infracciones al volante, como el uso del teléfono móvil o llevar detectores de radares, para reducir las víctimas mortales en accidentes

La Guardia Civil en un control. FOTO: DGT
La Guardia Civil en un control. FOTO: DGT

Las modificaciones de la Ley sobre Tráfico han sido aprobadas para este nuevo año después de que el Ministerio de Interior realizara sus propuestas. Los cambios al comienzo del año son habituales para la DGT, que presenta novedades ya vigentes a las que deben atender los conductores. 

Con el fin de mejorar el comportamiento de las personas durante la circulación, se han endurecido las sanciones para distintas infracciones a tener en cuenta a la hora de iniciar el desplazamiento. 

Hasta ahora, conducir sin el cinturón de seguridad o sin hacer uso de casco en el caso de las motos o sistemas de retención infantil, costaba tres puntos del carné. Sin embargo, desde este sábado, son cuatro los puntos que se retirarán a aquellas personas infractoras que no cumplan con la normativa o que hagan un mal uso de esos sistemas. 

La sanción por usar el teléfono móvil durante la conducción se incrementa a 500 euros y seis puntos, mientras que el año pasado el castigo era de 200 euros con la retirada de tres puntos. Asimismo, otras situaciones con el smartphone son susceptibles de multa, por ejemplo, llevarlo en la mano aunque no se esté utilizando en ese momento. Esto se debe a que el agente no podía establecer con claridad si se estaba usando o no. 

A su vez, se considera infracción grave llevar en el coche mecanismos de detección de radares o cinemómetros, por lo que este hecho conlleva una multa de 200 euros y tres puntos menos en el carné. Hasta el momento, solo se sancionaba el uso de estos dispositivos durante la circulación, pero no tan solo con portarlos en el interior del vehículo. 

Algunos límites de velocidad se han cambiado de cara al nuevo año. Así, en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, este será de 20 km/h, mientras que en las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h. El límite seguirá siendo de 50 km/h en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación. Además, los turismos y las motocicletas no podrán superar los 20 km/h en las carreteras convencionales cuando estén adelantando a otros vehículos.

 

 

Por último, cometer fraude en los exámenes teóricos de conducir con dispositivos de intercomunicación no autorizados se considera una nueva infracción calificada como grave. Aquellas personas que no respeten la normativa y hagan uso de ellos serán sancionadas con 500 euros y una penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen. 

 

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