El problema de la precariedad laboral en las Administraciones públicas no se ha resuelto. A pesar de haberse dispuesto desde 2021 de una ley favorable para estabilizar a los trabajadores en precario de todas las administraciones públicas (estatal, autonómicas, regionales, municipales, empresas públicas, universidades, etc.), bien fuesen funcionarios interinos o contratados laborales, no se ha hecho.
Ni se han preocupado los propios trabajadores interinos, salvo excepciones, en exigir su justa estabilización, ni los sindicatos más o menos representativos se han tomado en serio el proceso de estabilización y como colofón, la mayoría de las administraciones públicas, con gran incompetencia, no han sabido llevarlo a cabo.
España ha dejado de ingresar este año de la UE nada menos que 627 millones de euros, como castigo por el abuso de trabajadores en precario en las administraciones. No es un problema nuevo, sino muy antiguo. ¿Quién no recuerda las huelgas de los PNN (profesores no numerarios) de la época franquista? Europa no entiende que un trabajador pueda estar más de tres años trabajando sin obtener fijeza, bien trabaje en la empresa privada, bien en la administración pública.
En Europa apenas existe la figura del funcionario. No se entiende de funcionarios, ni de oposiciones, ni del negocio mayúsculo derivado de estas pruebas, porque en la mayoría de las administraciones de los países miembros se obtiene el trabajo mediante bolsas de trabajo, con contratos laborales, obteniéndose fijeza a los tres años.
Se confía en las titulaciones requeridas para contratar a un trabajador a través de bolsas de trabajo ordenadas según méritos requeridos, supervisadas por la propia administración y los sindicatos. A veces, la selección entre los presentados se completa con una pequeña prueba de aptitud o incluso una entrevista personal para hacerse con el trabajador que se cree más idóneo.
En la mayoría de los países de Europa no es una máxima aspiración trabajar en lo público, ya que existen trabajos mejor remunerados en el ámbito privado, lo que no ocurre en España. Sin embargo, la panacea de la mayoría de los trabajadores españoles es ser funcionario, sinónimo de trabajo fijo para toda la vida. En Europa no existe el trabajo fijo para toda la vida en las administraciones públicas. Los trabajadores -contratados laborales- son evaluados en su eficacia en el trabajo cada año por inspecciones rigurosas para que ningún trabajador se duerma en los laureles, con sindicatos con prestigio social que velan para evitar cualquier injusticia, existiendo el reglamentario despido, si así se determinase, con su indemnización correspondiente.
Sin duda, el sistema de acceso a la administración por oposición está obsoleto. Que una persona apruebe una oposición no conlleva explícitamente que sea después un buen trabajador. Es la experiencia de años, bien evaluada cada año, la que determina el buen trabajador.
La UE a través de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada, exigió en 1999 a todos los países miembros acordar medidas para conseguir fijeza que afectaban tanto al ámbito privado como al público. Tras las importantes huelgas de trabajadores interinos en España a finales del siglo XX, con numerosos recursos ante los tribunales europeos, estos determinaron la obligación por parte de España de llevar a cabo planes de estabilización de empleo en las administraciones públicas y acabar con lo que la UE determina con claridad como abusos en la contratación de personal precario en las administraciones públicas.
España lleva obviando la mencionada directiva durante 26 años. En el año 2021, la anterior coalición de gobierno legisló la ley 20/21 para la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas, que daba un plazo de 3 años, hasta el 31 de diciembre de 2024, para que se realizasen procesos de estabilización. La aplicación de esta ley ha tenido un resultado insuficiente, y no ha conseguido el objetivo deseado.
El proceso ha sido un parche más, una nueva pelota a seguir, sin acabar definitivamente con la precariedad en las administraciones. Si bien se ha logrado estabilizar a muchos trabajadores en precario – se cree que unos 350.000- se calcula que más de 450.000 trabajadores interinos o contratados laborales se han quedado en el limbo y en la antesala del paro. Paro sin indemnización, porque simplemente dejan de llamarte a trabajar.
El error de la ley ha sido claro. Se pedía estabilizar el número de plazas estructurales u orgánicas que habían sido ocupadas durante al menos 3 años por trabajadores interinos o contratados laborales. Lo que la ley no había previsto es que estos trabajadores en precario estaban en claro fraude de ley, en muchas ocasiones sin estar sus plazas bien reglamentadas y definidas, plazas que surgen por necesidades de servicio pero que no llegan a consolidarse estructuralmente.
Por poner un ejemplo, en el último centro educativo en donde ejercí, en mi departamento éramos 14 profesores, pese a que la plantilla orgánica era sólo de 9. Éramos 7 funcionarios y 7 interinos, por lo que al menos 5 profesores no se sabe qué plazas concretas ocupaban. Cuando la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía realizó en 1924 un proceso de estabilización por concurso de méritos, conforme a la mencionada ley, sacó sólo las plazas orgánicas ocupadas por interinos, pese a que la realidad era diferente. Había muchos más interinos que no ocupaban plazas estructurales, en auténtico fraude de ley.
El resultado de dicho proceso ha sido claramente insuficiente. Se ha dejado sin estabilizar a miles de docentes interinos con hasta 14 años de servicio. Un drama para estos maestros y profesores. Oposiciones masivas posteriores, sin ser determinante la valoración de la experiencia, han provocado que en este nuevo curso numerosos docentes con más de 10 años de servicio se hayan quedado sin vacantes. La Consejería de Educación ha conseguido rebajar el número de interinos, pero dejándolos sin trabajo, no estabilizándolos, como exigía la Directiva europea. Se ha sustituido a trabajadores experimentados, con cargas familiares y existenciales, por otros trabajadores más jóvenes que han tenido más tiempo para estudiar. ¡Peor imposible!
Significativa es la precariedad altísima que hay en el sector judicial. La judicatura española sigue obviando la Directiva europea y muchos jueces han anulado procesos de estabilización conformes a la Ley 20/21 agarrándose a la interpretación de acceso a la función pública por publicidad, capacidad y mérito que marca la Constitución, que la jurisprudencia ha interpretado exclusivamente –para mí erróneamente- por exámenes. Pero la Constitución no puede obviar las Directivas europeas, de obligado cumplimiento.
Es más, la estabilización de más de 1.200 jueces y fiscales en precario ha sido rechazada por la mayoría de las instituciones judiciales, asunto que se ha puesto de ejemplo de una supuesta manipulación judicial por parte del actual ejecutivo para elegir a los jueces. Pero es innegable que la mayor tasa de precariedad del país, en porcentaje, está entre los agentes judiciales, administrativos y conserjes de juzgados, etc.
Según la Ley 20/21 el proceso de estabilización ha finalizado. La ley solo prevé una ampliación hasta un máximo de 4 años más en el puesto de trabajo de estos trabajadores en precario. Después les queda el despido con la indemnización correspondiente, una miseria después de años de servicio. Todo lo contrario a la Ley de punto final, con su justa estabilización, que exigía la Directiva europea, motivo por lo que la U.E seguirá penalizando a España.
No sabemos si habrá un nuevo proceso de estabilización de estos trabajadores. Me imagino que dependerá de su capacidad de movilización para luchar por su puesto de trabajo, aunque la mayoría de estos trabajadores sigan como los boxeadores sonados con la cabeza escondida bajo la mesa sin luchar por la búsqueda de una solución final. Nunca lo han tenido mejor los trabajadores interinos, con una Directiva europea a su favor, pero ni por eso se han significado por luchar por su estabilización. Ya van tarde.
Estos trabajadores en precario no solo sufren la movilidad –eso es otra- y las condiciones angustiosas de su precariedad, sino que encima son enfrentados contra los trabajadores parados que quieren acceder a la función pública, sufriendo el escarnio, como si no mereciesen su trabajo y su experiencia durante años no fuese suficiente para estabilizarlos, como así exige Europa.
Cualquier solución definitivamente de estos colectivos, olvidados por los sindicatos mayoritarios, necesitará de un censo de trabajadores interinos y contratados laborales con más de tres años de servicio existentes en todas las administraciones, empresas públicas, universidades, etc. Un censo nombre por nombre para que nadie se quede fuera del proceso de estabilización, que debe ser por concurso de méritos adaptado a las circunstancias de estos trabajadores donde la experiencia sea decisiva. Es una cuestión de justicia.
España sigue ciega ante este gravísimo problema laboral, menos mal que Europa, con un planteamiento más acorde a los Derechos Humanos, nos vigila, nos multa y nos recuerda que en el mundo laboral lo que debe primar es la dignidad de los trabajadores, que irremediablemente pasa por su fijeza.
¡Interinos: estabilidad!


