Ciertas fechas históricas corren el riesgo de ser instrumentalizadas o absorbidas por las instituciones –e incluso por grupos con intereses espurios– que las van vaciando de contenido hasta convertirlas en simples actos protocolarios y discursos de tribuna. Este es el peligro que acecha a la conmemoración del 1 de mayo, Día Internacional del Trabajo.
La instrumentalización de la lucha colectiva
Según los sindicatos mayoritarios, la manifestación de Madrid fue un éxito con cerca de 50.000 participantes; cifra que la Delegación del Gobierno rebaja a 3.000. La brecha entre ambas lecturas no es solo estadística: refleja la progresiva desmovilización sindical, expresada en pérdida de capacidad de convocatoria, retroceso de la acción colectiva y caída sostenida de las afiliaciones. Y ello en un año en que, junto a las reivindicaciones clásicas de jornada, estabilidad y salarios, el acceso a la vivienda ocupó un lugar central en las demandas del 1 de mayo.
Algo parecido sucede con el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. Su carácter reivindicativo y sus raíces laborales se diluyen año a año, debido a la instrumentalización de ciertos partidos políticos y algunos sindicatos, y al entrismo de colectivos o grupos de presión que usurpan la causa feminista a modo de caballo de Troya, con el fin de imponer agendas ajenas, e incluso abiertamente contrarias a los intereses de las mujeres y sus hijas e hijos. Lo más grave no es solo el daño directo a sus derechos: es la distorsión sistemática del feminismo, al que se vacía de sentido al llamar feminismo o feminismos a causas que no lo son, o que directamente lo contradicen y desprestigian. Como dice la abogada y política feminista Lidia Falcón, es preciso recuperar el carácter original del Día de la Mujer Trabajadora, a fin de evidenciar la necesidad de combatir la opresión de sexo y clase que sufren las mujeres.
El día del trabajo es un acto reivindicativo
Precisamente por ello conviene recordar lo que el 1 de mayo representa en términos sociales, jurídicos y políticos. Los derechos laborales no surgieron por concesión de nadie. Fueron conquistados mediante organización y lucha colectiva, protesta sostenida y el sacrificio en salud, libertades y, en no pocos casos, en vidas de obreras y obreros, adultos y menores, que lucharon por la causa común de dignificar las condiciones de vida de las personas trabajadoras.
El 1 de mayo no nació como celebración ni como día de descanso. Su origen es una huelga que terminó con víctimas mortales. El 1 de mayo de 1886, cerca de 200.000 mujeres y hombres trabajadores paralizaron sus puestos en Estados Unidos para exigir que la jornada laboral no superase las ocho horas diarias. La demanda era justa porque las condiciones imperantes eran inhumanas: jornadas de catorce a dieciséis horas, ausencia de protección legal efectiva y una explotación sistemática e integral comparable a la servidumbre.
El 4 de mayo, una explosión en la plaza de Haymarket de Chicago mató a un policía. La respuesta del Estado no fue investigar, sino reprimir la lucha obrera. Sin pruebas fehacientes, ocho líderes obreros –principalmente anarquistas– fueron juzgados en un proceso plagado de irregularidades y sesgo ideológico. Cinco fueron condenados a muerte: cuatro ejecutados en la horca y uno que se quitó la vida en su celda. Sus muertes convirtieron el conflicto en símbolo global de la lucha de clases y de la resistencia contra la injusticia del sistema judicial, policial, patronal y gubernamental. Pero no extinguieron el movimiento: lo proyectaron al mundo. En 1889, la Segunda Internacional declaró el 1 de mayo jornada de movilización internacional obrera. Desde entonces, esta fecha sirve de plataforma para la lucha obrera, la denuncia de la precariedad y los abusos, la defensa de la negociación colectiva, la lucha contra la discriminación que sufren las mujeres y minorías, y el combate contra las desigualdades que cada nueva transformación social trae consigo.
Un derecho fundamental con contenido material
El derecho al trabajo no es un enunciado simbólico en los textos constitucionales. Es un derecho con contenido material preciso: estabilidad en el empleo, salario suficiente para una vida digna, igualdad salarial, condiciones seguras, jornada limitada, descansos remunerados, protección de la maternidad y la infancia, libertad sindical, derecho de huelga, negociación colectiva, posibilidad real de conciliar, y tutela efectiva frente a cualquier forma de discriminación.
Un empleo que no permite acceder a una vivienda, que empuja al pluriempleo como única salida, que expulsa del mercado laboral a quien cuida a sus hijos e hijas y demás personas dependientes, que castiga la maternidad, que silencia la enfermedad o que obliga a vivir con miedo al despido o a las represalias, no integra a las personas en la sociedad: las precariza, las excluye y las deja fuera de la protección que exige el Estado social y democrático de Derecho. Y lo hace con especial crueldad, porque las mantiene ocupadas, estadísticamente empleadas, mientras las empobrece y las sitúa en una posición de indefensión estructural. El fenómeno creciente de las y los trabajadores pobres, es decir, personas con empleo que no logran salir de la pobreza y ni organizar su vida personal de forma digna, ya no es una anomalía de países en desarrollo. Es una realidad extendida en las economías más ricas del mundo, y su normalización representa uno de los mayores fracasos de los dirigentes políticos de los Estados sociales y democráticos contemporáneos, que han llevado a sus países al fin del Estado de bienestar; más por su propia incompetencia y excesos en el ejercicio en la gestión de los recursos públicos, que por la insostenibilidad del sistema.
La defensa del derecho al trabajo en tiempos de la IA
La Cuarta Revolución Industrial, marcada por la hiperconectividad, la automatización, la inteligencia artificial generativa y la fusión de tecnologías físicas, digitales y biológicas, pone en grave riesgo millones de empleos a escala global. En España, se estima que en la próxima década la IA podría destruir entre 1,7 y 2,3 millones de empleos. Ante esta amenaza, la defensa de los derechos laborales de mujeres y hombres es un imperativo ético y una lucha compartida que debe permanecer en el centro de nuestra agenda social.
Los derechos se conservan solo si se ejercen, se defienden y se exigen de forma activa. Salir a las calles el primer día de mayo, y ponerse al lado de quienes demandan mejoras laborales –el personal sanitario y educativo, las camareras de piso, entre tantos– no es un gesto nostálgico. Es una conmemoración histórica con consecuencias presentes. El trabajo digno sigue siendo el principal mecanismo de integración social: el espacio donde la libertad, la igualdad y la dignidad de las personas se miden en términos concretos, o donde se evidencia su incumplimiento y los fallos del Estado social y democrático de Derecho reconocido en la Constitución y las leyes.





