El Supremo condena a Losantos por decir que el bebé de Bescansa "debía estar en un contenedor"

Aunque la Audiencia Provincial de Madrid había condenado al periodista a pagar 10.000 euros a la política gallega, el Supremo lo rebaja a 5.000 y no ve delito en sus palabras hacia Errejón en las que afirmaba que "si llevo la lupara, disparo"

El periodista Federico Jiménez Losantos.
El periodista Federico Jiménez Losantos.

Corría el año 2016 cuando Podemos llegaba al Congreso de los Diputados tras las Elecciones de diciembre de 2015. Entre sus diputados, se sentaba la gallega Carolina Bescansa, entonces una de las caras más representativas del partido liderado por Pablo Iglesias. La importancia histórica del momento hizo que al hemiciclo, Bescansa acudiera con su bebé recién nacido, también para dotar de simbolismo el instante respecto a la conciliación de trabajo y maternidad. Muchas fueron las críticas desde la derecha a la de Santiago de Compostela, que tildaban su comportamiento de demagogo, porque el Congreso tiene una guardería; o directamente de utilizar a su bebé para sacar rédito político.

Pero la más furibunda llegó desde Libertad Digital, el medio digital que junto con esRadio pertenece, entre otros a Federico Jiménez Losantos. Fue el propio periodista aragonés quien, en un nuevo ejercicio por avivar las polémicas que comúnmente si ciernen sobre su figura, declaró en el videoblog del diario online: “Pobre bebé de la Bescansa, debe de estar en algún contenedor porque ya no lo han vuelto a sacar, no sé qué habrán hecho con él, lo habrán dado en adopción…”. La Sala Primera de lo Civil entiende que esos insultos son “una vejación descarnada” que afectan al honor de Bescansa, al ser “descalificada reiteradamente como madre” y “excede ampliamente de los límites admisibles de la crítica política legítima”.

Tras la condena en 2019 de la Audiencia Provincial de Madrid de 10.000 euros para Bescansa “por una intromisión ilegítima en el derecho al honor”, el Tribunal Supremo ha rebajado la cuantía hoy a 5.000. El Supremo entiende que otro de los comentarios, referente a Íñigo Errejón, en el que el periodista aseguraba que “si llevo la lupara, disparo”, no merece reproche legal. Esta condena se une a la larga lista de problemas legales e indemnizaciones que Losantos ha tenido que afrontar en las últimas décadas por sus comentarios a través de sus programas matutinos de radio.

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