Un portero de 29 años de una discoteca situada en la Alameda de Hércules, en Sevilla, se sentará este jueves, 16 de octubre, en el banquillo de los acusados, tal y como relata Europa Press. La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla será la encargada de enjuiciarlo por un delito de agresión sexual con acceso carnal y violencia, cometido presuntamente contra una joven a la que habría apartado de su grupo para llevarla a una sala contigua, donde realizó actos sexuales sin su consentimiento.
La Fiscalía pide para el acusado una pena de nueve años de prisión. Los hechos se remontan a enero de 2023, cuando la víctima acudió al local junto a una amiga. El procesado, que trabajaba como portero del establecimiento, se habría presuntamente ganado la confianza de ambas invitándolas a tomar un chupito de fresa en una sala privada.
Aproximadamente diez minutos después, el acusado habría regresado para llevar por la fuerza a la joven hasta un pequeño cuarto sin presencia de otras personas. Allí, según la acusación, la agredió sexualmente pese a las repetidas negativas de la víctima. Tras el suceso, la joven logró reunirse con su acompañante y acudió de inmediato a una comisaría para denunciar los hechos.
La víctima sufrió dolor en la cadera, un hematoma residual fruto del forcejeo y un cuadro ansioso-depresivo compatible con un trastorno adaptativo leve, considerado una secuela psicológica derivada de estrés postraumático.
Además de la pena de prisión, la Fiscalía solicita la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo, ocho años de libertad vigilada tras cumplir la condena y doce años de prohibición para desempeñar cualquier profesión con contacto directo con menores. También pide que el acusado no pueda acercarse a menos de 300 metros de la víctima ni comunicarse con ella durante doce años.
El Ministerio Público propone, asimismo, que el condenado no pueda acceder al tercer grado penitenciario hasta cumplir la mitad de la pena. En ese momento, la sanción podría ser sustituida por la expulsión del territorio nacional durante ocho años, dado que el procesado carece de residencia legal en España.
