Estas son las fechas para poder comprar en tiendas de Sevilla con grandes descuentos

El Ayuntamiento indica que los comercios se pueden adherir a la campaña 'BonoSevilla' hasta el 19 de diciembre y que las familias podrán gastarlos a partir del día 20

Alumbrado de Navidad en Sevilla.
Alumbrado de Navidad en Sevilla.

La campaña de Navidad BonoSevilla ya está en marcha para que las familias puedan hacer sus compras con un mayor desahogo. El Ayuntamiento ha comunicado que los vales de descuento se podrán canjear entre el 20 de diciembre y finalizará el 18 de enero. El plazo de adhesión de los comercios es del 9 al 19 de diciembre 2023 a través de la web oficial

En esta edición de la campaña, se pondrán a disposición de los consumidores un total de 55.550 bonos con un coste de 15 euros, pero con un valor de compra en los establecimientos adheridos de 25 euros. Es decir, el Ayuntamiento asume la diferencia de 10 euros por bono para fomentar el consumo en los comercios sevillanos y aliviar los gastos de las familias.

El teniente de alcalde delegado del área de Cartuja, Parques Innovadores, Empleo, Economía, Comercio y Consumo, Álvaro Pimentel, ha informado de que; “con esta nueva edición de la campaña BonoSevilla, impulsada por este equipo de Gobierno, el Ayuntamiento quiere ayudar a los hogares sevillanos, así como a los comercios de la ciudad, en estas fechas tan señaladas”.

En este sentido, el delegado ha señalado que; “con esta nueva edición, coincidiendo con la Navidad, volvemos a demostrar desde el Ayuntamiento que el apoyo a la actividad comercial es una de las prioridades del gobierno municipal” y apunta al “impacto económico” que esta campaña “va a tener entre los comercios minoristas en plenas navidades”.

Según detalla el Consistorio en una nota, para poder adherirse, los comercios deberán estar catalogados como microempresas conforme al Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (ocupa a menos de 10 personas y tiene un volumen de negocios anual o un balance general anual que no supere los 2 millones de euros), tener un establecimiento abierto al público en el término municipal de Sevilla y encuadrarse en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

Grupo 64. Comercio al por menor de productos alimenticios (excepto 646: comercio tabacos y artículos de fumador). Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero. Grupo 652. Comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios (excepto grupo 652.1 Farmacias).

Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción. Grupo 656. Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico. Grupo 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios. Grupo 659. Otro comercio al por menor. Grupo 67. Servicio de alimentación (en restaurantes, cafeterías, bares, etc.)

Grupo 755.2. Servicios prestados al público por las agencias de viajes. Grupo 971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares. Grupo 972. Salones de peluquería e institutos de belleza. Grupo 973. Servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias. Grupo 975. Servicios de enmarcación. Grupo 861 (Epígrafes IAE Profesionales). Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares, que estén inscritos en el Registro de Artesanía de Andalucía.

Sobre el autor:

Patricia Merello Guzmán

P. Merello

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