Confirmada la condena para la mujer que abandonó a su bebé en un contenedor de Los Palacios: hubo una "evidente intención de causar la muerte"

La sentencia incluye la agravante de parentesco y la atenuante de drogodependencia, aunque rechaza la aplicación de la atenuante de confesión

La madre que abandonó a su bebé recién nacido en Los Palacios.
La madre que abandonó a su bebé recién nacido en Los Palacios.
05 de mayo de 2026 a las 13:59h

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de veinte años de prisión impuesta a una mujer por intentar acabar con la vida de su bebé recién nacida, a la que abandonó en un contenedor de basura en la localidad sevillana de Los Palacios y Villafranca en diciembre de 2023. La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Sevilla.

En su fallo, fechado el 29 de abril, el alto tribunal andaluz desestima el recurso presentado por la defensa de la acusada, que había sido condenada por un delito de asesinato en grado de tentativa. La sentencia incluye la agravante de parentesco y la atenuante de drogodependencia, aunque rechaza la aplicación de la atenuante de confesión. Además de la pena de prisión, se le impone la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 200 metros de la menor durante 24 años, así como el pago de una indemnización de 45.000 euros.

Por otro lado, la Audiencia de Sevilla absolvió al hombre acusado como cómplice, al considerar acreditada una eximente completa de responsabilidad criminal debido a su discapacidad intelectual. No obstante, el tribunal le obliga a abonar una indemnización de 15.000 euros a la víctima en concepto de responsabilidad civil.

Un embarazo oculto

Los hechos probados, ahora confirmados por el TSJA, relatan que la mujer convivía con su hija de seis años en casa de sus padres de acogida, a quienes había ocultado su embarazo. El 18 de diciembre de 2023, comenzó a sentir contracciones y dio a luz en el baño de la vivienda. Tras cortar el cordón umbilical, decidió "deshacerse del bebé" y, "con el fin de acabar con la vida de la recién nacida", la introdujo en dos bolsas de plástico.

La sentencia recoge que el varón acusado, que residía temporalmente en la vivienda, presentaba una discapacidad reconocida del 67% que limitaba gravemente sus capacidades. Según el tribunal, "no era consciente ni tenía capacidad para comprender la gravedad de los hechos" y "se limitó a obedecer la orden" de la acusada, quien le entregó a la niña para que la depositara en un contenedor cercano.

El hombre introdujo la bolsa con la recién nacida en el interior de un contenedor y regresó al domicilio, mientras la acusada limpiaba los restos del parto para ocultar lo sucedido. La menor fue encontrada por unos vecinos, alertados por su llanto, y trasladada a un centro sanitario antes de ser derivada a un hospital de Sevilla. Los magistrados subrayan que la bebé "ha logrado sobrevivir gracias a la rápida asistencia de los vecinos y del personal médico".

Respaldo a la Audiencia

El TSJA respalda la valoración probatoria realizada por la Audiencia, que califica de "completa, detallada y profunda", y rechaza que existiera error en su apreciación. Según el tribunal, el testimonio del acusado fue "claro y rotundo", al afirmar que recibió la orden directa de la madre: "tírala al contenedor", lo que refuerza la conclusión de que actuó siguiendo instrucciones.

Finalmente, el alto tribunal confirma la calificación de los hechos como asesinato en grado de tentativa, al apreciar la alevosía de desvalimiento. Considera que la recién nacida carecía de cualquier capacidad de defensa y que la acusada actuó con "evidente intención de causar la muerte a su hija". La resolución concluye que se trata de una conducta especialmente grave, agravada por la extrema vulnerabilidad de la víctima.

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Emilio Cabrera.

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