La Audiencia Nacional ha dejado visto para sentencia el juicio contra Yassine Kanjaa, acusado de asesinar al sacristán Diego Valencia durante un ataque en Algeciras en enero de 2023. La defensa del acusado solicitó su absolución y su ingreso en un centro psiquiátrico hasta que no represente un riesgo para terceros, al considerar que en el momento de los hechos sufría un brote psicótico derivado de una esquizofrenia paranoide.
El abogado defensor sostuvo que Kanjaa no merece una pena de prisión y pidió aplicar una medida terapéutica, alegando que su cliente padece una enfermedad mental grave que anuló completamente sus capacidades. Reclamó, por tanto, la eximente completa y su internamiento en un establecimiento médico hasta que los facultativos determinen que su dolencia está controlada y no implica peligro.
Durante el juicio, varios psiquiatras señalaron que el acusado actuó bajo un delirio de carácter mesiánico y religioso, lo que habría suprimido su capacidad para distinguir entre lo lícito y lo ilícito. La defensa ha insistido en que no existió un proceso de radicalización terrorista, sino un cambio repentino en su religiosidad, pasando de ser una persona poco practicante a extremadamente devota, sin que ese proceso implicara una intención terrorista.
El letrado ha defendido que los hechos se produjeron durante un episodio psicótico y subrayó que el acusado no quiso declarar ni hacer uso del turno de última palabra. Sin embargo, el tribunal ha permitido que se reprodujera la declaración que prestó tras su detención, en la que Kanjaa ha admitido el ataque y ha manifestado que su objetivo era matar, asegurando que actuó porque lo había ordenado Alá y que consideraba a los religiosos sus enemigos.
La Fiscalía pide 50 años de prisión
Por su parte, la Fiscalía solicita una pena de 50 años de prisión, aplicando la eximente incompleta al estimar que, aunque el acusado sufría un trastorno mental, este no anuló completamente sus facultades. El Ministerio Público lo ha acusado de asesinato terrorista consumado, tentativa de asesinato terrorista y lesiones terroristas, al considerar que actuó con ánimo de matar y motivación religiosa.
El fiscal ha argumentado que no se había aportado ninguna prueba que demostrara de manera concluyente que la enfermedad mental de Kanjaa eliminara por completo su capacidad para comprender sus actos. A su juicio, el acusado buscaba eliminar a quienes consideraba contrarios a su fe y generar terror entre la población, por lo que el ataque respondía a una motivación religiosa vinculada al terrorismo.



