Echa gasolina sobre los cartones en los que dormía, pero para la Justicia no fue intento de homicidio: ocurrió en Algeciras en 2022

El TSJA reduce la condena a una persona que legalmente ahora ha recibido sentencia por provocar un incendio "junto a" un indigente, y no para quemarle. Todo partía de una disputa por la que quería echar a esta persona del entorno de la calle donde malvivía

Concentración por las personas sin hogar en Cádiz, este lunes, tras la muerte de la tercera persona en la capital este mes.
Concentración por las personas sin hogar en Cádiz, este lunes, tras la muerte de la tercera persona en la capital este mes. REYNA
27 de enero de 2026 a las 14:40h

El TSJA ha rebajado de forma significativa la condena impuesta a un hombre por provocar un incendio en una zona donde pernoctaba un indigente en Algeciras. La pena pasa de siete años y siete meses de prisión a cinco años y un mes, al considerar que los hechos no constituyen una tentativa de homicidio, sino un delito de incendio con peligro para la vida e integridad de las personas.

En una sentencia fechada el 14 de enero, la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA estima parcialmente el recurso presentado por la defensa contra el fallo previo de la Audiencia Provincial de Cádiz. El alto tribunal andaluz concluye que no puede apreciarse “voluntad homicida” en la actuación del acusado, elemento clave para mantener la condena por tentativa de homicidio.

La Audiencia de Cádiz había dado por probado que los hechos ocurrieron sobre las 6.00 horas del 10 de marzo de 2022, cuando el acusado compró gasolina, la introdujo en una petaca y se dirigió a la zona trasera de un supermercado, donde el afectado dormía cubierto con cartones. Allí roció los enseres con combustible y les prendió fuego con un mechero, provocando que la víctima sufriera quemaduras al intentar salvar sus pertenencias.

Sin embargo, el TSJA corrige ese relato. Según su valoración, el indigente no estaba dormido cuando comenzó la acción. De hecho, se encontraba despierto, percibió el olor a gasolina, se incorporó y llegó a intercambiar palabras con el acusado, quien le dijo que debía marcharse antes de prender fuego y abandonar el lugar. Esta diferencia resulta, para el tribunal, determinante.

La dinámica "real" de los hechos "diluye hasta desaparecer por completo" la voluntad homicida, sostiene la resolución, que apunta a una intención de amedrentar y coaccionar para que el afectado abandonara la zona, con la que el condenado mantenía conflictos previos.

Por todo ello, el TSJA absuelve al acusado del delito de tentativa de homicidio y lo condena únicamente por incendio, fijando además la indemnización en 1.000 euros, frente a los 1.800 euros iniciales. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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Pablo Fdez. Quintanilla

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