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La fecha se acerca. El Tribunal Supremo ya ha fijado fecha para la votación y resolución del recurso a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre el ERE municipal. El 18 de junio la Sala de lo Social se reunirá para tomar una decisión, fallo que se hará público a principios de julio aproximadamente. Aunque en un principio todo parecía apuntar a que el TS se pronunciaría el pasado mes de marzo, el proceso se está alargando y parece que será en junio cuando por fin aporte una respuesta que acabe con la incertidumbre de los 26o afectados por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) ejecutado por el Ayuntamiento a finales de 2012.

Esta resolución dictará si los despidos fueron ajustados a derecho o si por el contrario se declara nulo el ERE. Hay que recordar que existen cinco recursos: el de los trabajadores; el de la CGT; el del Colectivo de Trabajadores Progresistas (CTP), el de la Agrupación de Técnicos Municipales (ATMJ) y uno conjunto de CCOO y UGT. En el supuesto de que el Supremo desestime el recurso del Ayuntamiento y estime el de los trabajadores, se declararían nulos los despidos, por lo que habría que readmitir a los empleados municipales despedidos, pagarles los salarios atrasados y la Seguridad Social (con un recargo que rondaría el 20% de lo adeudado).

También se puede desestimar tanto el recurso del Ayuntamiento como el de los trabajadores, en ese caso se confirmaría la sentencia del TSJA y los despidos serían declarados improcedentes, lo que supondría para el Ayuntamiento un gasto de entre 10 y 15 millones de euros más, ya que tendría que abonar a los trabajadores la diferencia entre la indemnización actual (20 días por año trabajado) y la impuesta por esta decisión judicial (45 días por año).

Los sindicatos apuestan por la nulidad del proceso y la reincorporación de todos los trabajadores, y la alcaldesa, por indemnizarlos y ejecutar otro ERE en el caso de que el Supremo considere que debe readmitirlos. El informe de la Fiscalía del Tribunal Supremo concluye que la sentencia de 20 de marzo de 2013 del TSJA sobre el ERE debe “anularse” y devolverse al TSJA, que debe valorar la existencia o falta de ella de causa económica y de grupo de empresas municipal. En este informe el fiscal apuesta por estimar el recurso del Ayuntamiento, que argumentó que “la sentencia se ha extralimitado en su contenido”. En todo caso, el informe de la Fiscalía no es vinculante para la sala del TS, aunque puede ser secundado por los magistrados que lo componen.

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