El gobierno municipal, en manos del PP, ha decidido dar marcha atrás a la denominada ordenanza reguladora de la publicidad exterior con la que, entre otras cosas, pretendía multar a pequeñas y medianas empresas (las que suelen emplear estos métodos económicos de promoción para salir a flote) que se publicitasen con octavillas en los parabrisas de los automóviles. La nueva ordenanza, que iba a actualizar la vigente desde 1985, ha estado rodeada de polémica desde que se anunció pero finalmente, a diez meses de las municipales, no verá la luz. El 'ejecutivo' de García-Pelayo lo anunció en días pasados en el transcurso de la mesa del comercio, por lo que deja sin efecto unas medidas coercitivas para una ciudad que tiene más de 33.000 parados y paradas, la gran población con mayor tasa de paro de Europa, y en la que en cambio se querían poner desde la administración local aún más trabas y dificultades a quienes tratan de sacar adelante un negocio.

Finalmente, el gobierno municipal ha aceptado las alegaciones presentadas y no prohibirá el reparto de publicidad en la calle, excepto para aquellos que distribuyan la propaganda no colocándola en los coches o entregándola en mano a los viandantes, sino tirándola de forma masiva al suelo. Lo lógico y lo cívico, en definitiva. Concretamente, explican en una nota de prensa, el delegado de Impulso Económico, Francisco Cáliz, ha explicado que se han estimado varias alegaciones que se han presentado para mejorar el texto inicial de la nueva normativa. Ha  indicado que este plazo de  exposición pública ha servido "para conocer la opinión de los impulsores de las actividades afectadas y para consensuar con ellos esta nueva normativa". En este sentido, el concejal popular ha dado a conocer que "se permitirá la práctica del reparto de octavillas en los vehículos estacionados en la vía pública, así como la distribución de folletos en mano, pero quedará prohibido el lanzamiento masivo de impresos, para contribuir a mantener limpia la ciudad".

También a tenor de las alegaciones recibidas, el nuevo texto de la ordenanza reguladora de la publicidad exterior diferencia los distintos tipos de soportes publicitarios por tamaño y envergadura. Igualmente clasifica a los solicitantes, en función de si se trata de empresas que organizan su propia campaña de publicidad  o de empresas publicitarias que trabajan para terceros. El fin de estas dos modificaciones, según ha explicado el delegado, es poder "reducir trámites y documentación requerida, en casos de tratarse de empresas que trabajan para sí mismas los demandantes y de soportes de menor magnitud, los elementos publicitados solicitados".

Las multas que previó esta normativa municipal por el incumplimiento de esta nueva norma oscilaban entre los 60,10 y los 3.005,06 euros. E iba a ser tanto para la empresa anunciadora como para la empresa distribuidora de dicha publicidad. Queda pendiente conocer si, como recogía el texto inicial, la propaganda deberá incluir desde ahora un mensaje en el que advierta de la prohibición de arrojarla a la vía pública y, además, el material publicitario tendrá que recoger la identificación completa de la empresa distribuidora, con nombre, dirección, teléfono y número de identificación fiscal.

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