El juez cita a declarar a la interventora que alertó tres veces de posibles ilegalidades al contratar a la Gürtel

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El Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional ha citado el próximo lunes a declarar en calidad de imputadas en la pieza jerezana de la Gürtel a la interventora general del Ayuntamiento de Jerez (Cádiz) y a la interventora delegada en el Instituto de Promoción de la Ciudad (IPDC) en 2004, año en el que se produjeron las presuntas contrataciones irregulares y se ordenaron los pagos de más de 300.000 euros de dinero público a sociedades del entramado de Francisco Correa. Se da la circunstancia de que en la exposición razonada que el juez José de la Mata remitió al Tribunal Supremo para instar a la imputación de la exalcaldesa María José García-Pelayo, máxima responsable política del Consistorio en aquel momento, la referida interventora municipal aparece en diversas ocasiones como alto cargo que alertó hasta en tres ocasiones, como ya adelantó este medio, de las posibles ilegalidades que acarreaba suscribir los contratos con la Gürtel. 

La citación para declarar parte del testimonio que ofreció la pasada semana ante el juez de la Audiencia Nacional el que fuera secretario general del Ayuntamiento jerezano en el momento de los hechos que se investigan en esta pieza separada -para personas no aforadas presuntamente relacionadas con los hechos-, detallando en su versión su participación en los procesos administrativos de contratación pública referidos. De su declaración resultaron elementos que ponen de relieve que las ahora imputadas "podrían tener elementos relevantes que aportar en relación con estos mismos procesos de contratación pública", recoge Europa Press aludiendo al auto judicial. Así, señala que "esta información, unida a la documentación obrante en la causa, convierte en imprescindible la práctica de las diligencias solicitadas" por la Fiscalía, al considerar que pueden arrojar "información esencial sobre el objeto de la causa".

Por ello, el juzgado convoca a las dos interventoras a fin de que puedan ofrecer explicaciones sobre su participación en los hechos. Incide en que estas diligencias pueden resultar "útiles, necesarias, idóneas y proporcionales a los fines de la investigación", por lo que procede recibirles declaración "en calidad de imputadas".

Lo cierto, escribe el magistrado en su exposición de motivos, que la Intervención municipal emitió hasta en tres ocasiones, y en otros tantos informes, advertencias de ilegalidad a la entonces regidora jerezana, haciendo ésta caso omiso a todas ellas. El primer documento que le remitió el órgano fiscalizador municipal indicaba expresamente que el órgano competente para la aprobación de las contrataciones era el consejo rector del Instituto de Promoción de la Ciudad (IPDC) -desde donde se fraguó el amaño-, cuya presidenta era la propia Pelayo. Más allá de que en virtud del cargo tuviese que conocer esa exigencia legal de funcionamiento, y pese al informe en contra, aprobó "personalmente, con conciencia de su falta de competencia, los concursos, los pliegos y la adjudicación de los contratos". "Con posterioridad a la prestación del servicio por las empresas, consciente de que no era suya la competencia, sometió el asunto a la ratificación del consejo rector", detalla el juez.

La entonces interventora municipal también informó "expresamente" que debía seguirse el procedimiento de contratación previsto en la Ley. Pese a conocer esta circunstancia, "ordenó indebidamente que se siguiera el procedimiento de urgencia, asegurando así la falta de concurrencia". "Visto que en realidad toda la documentación administrativa generada fue falsa, esta fue la única forma de asegurar que únicamente concurrieran las empresas previamente concertadas a las que se quiso adjudicar los contratos para que prestaran los servicios sin contratación alguna". El instructor de la Gürtel no puede dejar menos espacio a la duda.

Por último, Intervención también advirtió expresamente de que no debían firmarse los contratos sin que se constituyera la fianza del 4% de cada uno de ellos establecida en el TRLCAP. La fianza no se constituyó, pese a lo cual Pelayo, detalla el juez, firmó los contratos. Además, añade, "ordenó el pago de las facturas correspondientes sin efectuar la retención de fianza correspondiente". En este sentido, la dirigente popular firmó los contratos pese a que las empresas no habían acreditado -requisito previo y obligatorio- estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Sobre el autor:

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Paco Sánchez Múgica

Periodista, licenciado en Comunicación por la Universidad de Sevilla, experto en Urbanismo en el Instituto de Práctica Empresarial (IPE). Desde 2014 soy socio fundador y director de lavozdelsur.es. Antes en Grupo Joly. Soy miembro de número de la Cátedra de Flamencología; hice la dramaturgia del espectáculo 'Soníos negros', de la Cía. María del Mar Moreno; colaboro en Guía Repsol; y coordino la comunicación de la Asociación de Festivales Flamencos. Primer premio de la XXIV edición del 'Premio de Periodismo Luis Portero', que organiza la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Accésit del Premio de Periodismo Social Antonio Ortega. Socio de la Asociación de la Prensa de Cádiz (APC) y de la Federación Española de Periodistas (FAPE).

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