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Si PP o PSOE gobiernan en minoría no solo podrán gestionar de manera cómoda sino que, a raíz de la entrada en vigor de la Ley de Grandes Ciudades, es la Junta de Gobierno Local el órgano clave en la gestión municipal en detrimento del pleno. La 'espada de Damocles' de la moción de censura, y no es poco, sería lo único que condicionaría la acción de gobierno.

 

Colau puede que finalmente gobierne Barcelona en minoría; el socialista Juan Espadas puede hacer lo propio en Sevilla. Hoy por hoy, regir los designios de una administración local sin lograr la mayoría absoluta no solo es posible sino que es medianamente cómodo, de no ser por el handicap de contar sobre la cabeza con la permanente espada de Damocles de la moción de censura. ¿Eso es malo? En teoría, exige más al gobernante y le obliga a hacer las cosas mejor, a negociar, a dialogar y a tender todos los puentes que en condiciones normales dinamita una mayoría absoluta. El caso es que para la gestión diaria apenas hay problemas. Tanto si María José García-Pelayo (PP) como Mamen Sánchez (PSOE) optaran por esta fórmula de gobierno -que ya aupó a Pedro Pacheco a la Alcaldía tras las municipales de 1995 y 1999, pues en ambas logró solo 12 ediles-, las dificultades para gobernar la ciudad no irían mucho más allá de la complejidad propia de un ayuntamiento como el de la quinta ciudad de Andalucía y, especialmente, de los problemas derivados del caos y la paupérrima situación económica en la que el PP ha terminado de dejar a la corporación local.

A diferencia de los de régimen común, desde hace cinco años el Ayuntamiento de Jerez funciona con una organización propia de los municipios de Gran Población. La Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local vino a establecer un bloque diferenciado de municipios, los denominado de Gran Población, a lo que les dotó de una organización diferenciada con respecto al resto, frente a los llamados de régimen común. Se trata de la otrora manoseada Ley de Grandes Ciudades y de la que pocos parecen ya acordarse. El planteamiento de la organización de los municipios de régimen común es el siguiente: el pleno se configura como el órgano superior, que tiene asignadas las máximas competencias de gestión; el alcalde se configura como el órgano que dirige el gobierno que ejecuta los mandatos del pleno; y la junta de Gobierno Local, conformada normalmente por 4 o 5 concejales del gobierno, tienen las competencias que les delega el pleno.

En principio, en el caso de los Presupuestos, estos solo requieren de luz verde con mayoría simple

A diferencia de esta organización, tras la irrupción de la Ley de Grandes Ciudades -Jerez lo es en la provincia junto a Cádiz, Algeciras, San Fernando y El Puerto-, el órgano que se configura como fundamental para la gestión municipal es la propia Junta de Gobierno Local. A ella le asigna la ley todas las competencias de gestión. El Pleno no se configura como un órgano superior de la Junta de Gobierno Local, sino que queda fundamentalmente para: aprobar Ordenanzas y Reglamentos (en muchos casos, como con las Ordenanzas Fiscales se requiere mayoría simple para su aprobación); aprobar los instrumentos de planeamiento urbanísticos; aprobar la Cuenta General; aprobación de los Presupuestos; determinación de formas de gestión de los servicios; alteración de término municipal; y funciones de control, como la moción de censura. En el caso de los Presupuestos, estos solo requieren de luz verde con mayoría simple y, si estamos con Presupuesto en prórroga -como es el caso en Jerez- y el pleno no aprueba el del año siguiente, la competencia pasa directamente a la Junta de Gobierno Local.

Por lo tanto, en un municipio de Gran Población el hecho de no contar con mayoría absoluta lo que realmente supone una amenaza para la gobernabilidad es la posibilidad de una moción de censura que desbanque a ese gobierno en mayoría simple. Respecto al día a día de la gestión municipal, como puede verse, poco influye por cuanto es la Junta de Gobierno Local quien tiene las facultades de decisión y aprobación en cuestiones fundamentales de gestión como son las de gestión del gasto, contratación de obras, servicios y suministros, licencias, subvenciones, etcétera. Para esto último, no solo no es fundamental contar con 7, 10, 11 o 13 delegados, sino que en los últimos años, y por criterios de ahorro y austeridad, los políticos siempre vendían una reducción severa de delegaciones y concejales liberados. Más aún, en un Ayuntamiento como el de Jerez, repleto de personal técnico cuya verdadera función debe ser ejecutar las directrices políticas marcadas desde la Junta de Gobierno Local que siempre está conformada por no más de 5 delegados.

A diferencia de los municipios de régimen común, donde desde el pleno se decide el grueso de la gestión municipal, en los de Gran Población el pleno no tiene competencia para entrar en la gestión y la oposición se encuentra limitada y condicionada a lo mucho o poco receptivo que quiera ser el gobierno de turno a las proposiciones que estos grupos políticos hagan. La Ley de modernización garantizó la gobernabilidad evitando bloqueos de gestión desde el pleno. En suma, aseguran fuentes especializadas consultadas, "gobernar un Ayuntamiento es siempre complejo y si la situación económica es crítica, la complejidad se suma a la dificultad. En algunos sectores se dice que gobernar sin mayoría absoluta de concejales en un Ayuntamiento como el de Jerez es una empresa complicada, algunos llegan a decir que imposible. Quizás es conveniente hacer un repaso de cómo es la organización de los municipios de Gran Población, en el que se encuentra Jerez desde el año 2009, para tener un poco de luz sobre cómo funcionan verdaderamente y a diferencia de los del régimen común".

Sobre el autor:

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Paco Sánchez Múgica

Periodista, licenciado en Comunicación por la Universidad de Sevilla, experto en Urbanismo en el Instituto de Práctica Empresarial (IPE). Desde 2014 soy socio fundador y director de lavozdelsur.es. Antes en Grupo Joly. Soy miembro de número de la Cátedra de Flamencología; hice la dramaturgia del espectáculo 'Soníos negros', de la Cía. María del Mar Moreno; colaboro en Guía Repsol; y coordino la comunicación de la Asociación de Festivales Flamencos. Primer premio de la XXIV edición del 'Premio de Periodismo Luis Portero', que organiza la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Accésit del Premio de Periodismo Social Antonio Ortega. Socio de la Asociación de la Prensa de Cádiz (APC) y de la Federación Española de Periodistas (FAPE).

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