Entre julio y septiembre, el Ayuntamiento abre la fase para que los jerezanos y jerezanas en dificultades puedan percibir subvenciones municipales para afrontar estas tasas públicas.
El Ayuntamiento de Jerez informa que se abre el plazo de la convocatoria ordinaria de 2015 para la bonificación de las tasas de agua, alcantarillado y basura este 1 de julio y concluye el próximo 30 de septiembre. Tras la modificación de las Ordenanzas Fiscales de las Tasas de Agua, Alcantarillado y Basura (BOP, 7 de febrero de 2013) el periodo establecido para la convocatoria ordinaria comprende los meses de julio, agosto y septiembre, para que la bonificación sea efectiva en 2015.
La presentación de solicitudes se puede realizar en la sede de Igualdad, Acción Social y Medio Rural (calle Doctor Fleming). Podrán solicitar la bonificación de las tasas en esta convocatoria ordinaria todas aquellas personas que reúnan los requisitos exigidos, estén o no disfrutando de la bonificación y posean contadores individuales o colectivos que tributen por tarifa doméstica y no exceder de los de 4 metros cúbicos de consumo al mes por miembro de la unidad de convivencia. La bonificación del 90 por ciento en las tasas del agua, alcantarillado y basura va destinada a personas en situación económica especialmente desfavorecida y que cumplan una serie de requisitos y condiciones.
A tal efectos se considerará que reúnen esta condición las unidades de convivencia que no superen los límites de ingresos totales (en cómputo anual) en relación al IPREM (7.455,14 euros) y en función del número de miembros. Entre los requisitos que se piden para poder acceder a estas bonificaciones se encuentra también tener residencia habitual y empadronamiento en el domicilio objeto de solicitud de bonificación. Conviene recordar que el mantenimiento de esta bonificación ordinaria se incluyó en el pliego de condiciones para la adjudicación de la concesión del servicio municipal de abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
También destacar que en la convocatoria ordinaria existen supuestos especiales que modificaran el baremo, incrementando en su caso un 10% el límite de ingresos establecido: personas mayores de 65 años y personas con discapacidad (igual o superior al 65%), a personas víctimas de violencia de género y unidades de convivencia monoparentales. Destacar asimismo que, tras la modificación de la ordenanza, se contemplan bonificaciones de oficio durante todo el año para personas en situación económica especialmente desfavorecida. Estas bonificaciones de oficio se concederán cuando los técnicos de los Servicios Sociales Municipales lo estimen conveniente, por motivos excepcionales, pudiendo instar a su concesión de oficio mediante informe motivado al respecto.
La concesión de estos beneficios de oficio, fundada en motivos excepcionales, no llevará aparejado el derecho a percibir las subvenciones relacionadas con otros tributos municipales que se recoge en la normativa municipal.
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