brujas2_-_el_circulo_magico_j.w_waterhouse_1886
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María López y Catalina Díaz, dos hechiceras jerezanas afamadas por sus prácticas.

Se han dado múltiples explicaciones para entender el fenómeno de la brujería. En nuestra consideración, coincidimos con el historiador Julio Caro Baroja en su  definición de brujería: “La brujería en sí rebasa por su complejidad, todas las explicaciones que se han dado, es que en cada una de ellas parece haber un elemento de verdad y la cuestión es integrar todos estos elementos en un todo donde puedan quedar más ajustados”.

La represión y los procesos contra la brujería afectaron a buena parte de la Europa protestante y católica de los siglos XVI y XVII. En España los procesos contra las brujas no tuvieron la trascendencia, ni la importancia ni la extensión que encontramos en otros países europeos durante este período. La inquisición española fue muy indulgente, en comparación con otros tribunales europeos, con las acusadas de brujería, posiblemente debido a que centraba sus esfuerzos en la búsqueda de herejes, judeoconversos, mahometanos y protestantes, entre otros, para mantener la unidad de la fe católica en el territorio.

En líneas generales, las acusadas por brujería ante un tribunal eran presentadas como las artífices de grandes conspiraciones contra la Iglesia y como celebrantes de las famosas misas negras del culto satánico. Parece que dichas misas no eran llevadas a cabo en la realidad, pero existía entre la gente una creencia acerca del poder excepcional de ciertas personas para curar o hacer enfermar a otra. Estas también podían destruir el amor o incluso conseguirlo, achacándose pues a ellas el daño sufrido a un cultivo o el propio ganado, por ejemplo. Esta creencia popular era, para los jueces, clave ya que a través de ésta se justificaban para demostrar la existencia de esos cultos y pactos sacrílegos con el demonio.

En Andalucía no vemos los primeros procesos contra la hechicería hasta el s. XVI debido a que los tribunales inquisitoriales habían centrado su acusación en los moriscos, los judaizantes o los protestantes. Por otra parte, tampoco se habían dado casos relevantes de brujería en nuestra región ya que los mayores procesos tuvieron lugar en el norte peninsular y, más concretamente, en el Pirineo, destacando entre ellos el conocido caso de las brujas de Zugarramurdi.

Cuando pensamos en brujería solemos relacionarla con el género femenino, pero bien es cierto que también hay casos documentados en los que un hombre fuera acusado o practicante de esta. Por citar un mero ejemplo, en 1558, un tejedor, Gonzalo García de Écija, fue acusado de brujería. De una forma u otra, en nuestra zona existían personas -mayoritariamente mujeres- con un gran poder mágico a los que la gente acudía en busca de ayuda en cuestiones de todo tipo. Muy relevante era la consulta a las hechiceras en asuntos amorosos pero también era habitual hablar con ellas sobre cuestiones de dinero, fama o poder. Esto provocaba que, aunque oficialmente sus prácticas estuvieran prohibidas, en la realidad se toleraban y, en caso de acusación o condena, esta solía ser muy flexible, siendo la pena principal la del destierro a otra ciudad o región del país. Los métodos que una hechicera podía utilizar eran muy variados, en algunos casos podían tirar unos naipes para averiguar donde se hallaba el escondite de un objeto o de un tesoro, también podían usar una figura con la forma de un hombre, que representaba a un amado, para averiguar donde se encontraba mirando en el agua de un barreño.

Según la investigadora Rocío Alamillos, Jerez era una localidad destacada en asuntos mágicos, que aporta casos muy interesantes para el estudio de la brujería. Algunas de las hechiceras que ejercían estas prácticas en nuestra tierra destacaron por contar con una auténtica botica, integrada por los ingredientes utilizados en la mayoría de las villas andaluzas. Fue en torno a la segunda década del s. XVII cuando se documenta la presencia de dos importantes hechiceras jerezanas, afamadas por sus prácticas. Una de ellas era María López, que según se contaba podía atraer a personas lejanas, resolver problemas amorosos y, entre otras cosas, echar los naipes y las habas. La segunda gran hechicera jerezana fue Catalina Díaz, cuyo repertorio era incluso mayor que el de la primera, su clientela fue aún más abundante y utilizó frecuentemente, como otras brujas, la oración de Santa María.

La oración de Santa María constituye un hecho peculiar. Estamos ante una oración cristiana utilizada para atraer el poder divino y conseguir así el triunfo de un sortilegio. Existían tantas versiones como hechiceras las recitaban y entre estas oraciones podemos distinguir dos tipos: aquellas dedicadas a “Santa María La Buena” –hermana de María y de Lázaro, que tras morir Jesús fue a Galicia y luchó contra un dragón- o “La Mala”  -que solía utilizarse para reforzar el poder de la oración-. Compartimos con ustedes la versión de Santa María la buena:

“Bienaventurada Santa Marta, digna sois y santa, de la Virgen María querido y amada de mi señor Jesucristo, por el palancar entrasteis con la sierpe brava os encontrasteis, con el hisopo del agua bendita la rociasteis, con la vuestra preciosa cinta la atasteis y con ella entrasteis por la puerta de la ciudad mansa y humilde diciendo Patanes, veis aquí la serpiente brava y mansa y humilde y atada y ligada: así os ruego santa bienaventurada Marta que me traigáis a fulano manso y humilde y atado para que me quiere y por mí muere y por mí ande, que no estar ni reposar hasta que me venga a buscar”.

Este uso de las oraciones, elementos y aspectos de la religión cristiana son sumamente comunes en estos hechizos ya que existía la creencia de que reforzaban el poder de la magia. Formaban parte de la vida diaria así como de las creencias de estas personas y de las de aquellos que acudían en busca de ayuda.

La última mujer procesada por la inquisición en Andalucía debido a una serie de supersticiones fue Dolores López, ejecutada en Sevilla en 1781. La brujería, como ya hemos afirmado, al no ser frecuente en nuestro entorno, no derivó en grandes procesos. Las condenas a muerte existían, pero lo habitual era que las hechiceras fueran condenadas a penas menores. De hecho, la actividad inquisitorial en Andalucía se reduciría progresivamente a lo largo del s. XVII debido a la expulsión de los moriscos en 1610, uno de los colectivos más perseguidos en nuestra región, y que solía ser acusado de ésta. Estos eran fundamentalmente señalados por mantener las prácticas mahometanas de sus ancestros.

Bibliografía

Alamillos Álvarez, Rocío. (2015). Hechicería y brujería en Andalucía en la Edad Moderna. Discursos y prácticas en torno a la superstición en el siglo XVIII. Universidad de Córdoba. Córdoba.

Caro Baroja, Julio. (2015). Las Brujas y su mundo. Madrid. Alianza Editorial.

Delumeau, Jean. (2012). El Miedo en Occidente. Madrid. Taurus.

Sobre el autor:

emilio

Emilio Ciprés

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