Multan por publicidad engañosa a Naturhouse por un pack que prometía perder "dos kilos en dos días"

Facua denuncia ante la Agencia Catalana de Consumo al entender que cometió una infracción grave a la normativa de protección de los consumidores

"Pack exprés" de Naturhouse denunciado por publicidad engañosa.
"Pack exprés" de Naturhouse denunciado por publicidad engañosa.

Un "pack exprés" de Naturhouse prometía a los clientes "perder dos kilos en dos días", una publicidad engañosa por la que la empresa ha sido sancionada con una multa de 12.000 euros. 

Facua interpuso una denuncia contra Naturhouse ante la Agencia Catalana de Consumo al entender que cometió una infracción grave a la normativa de protección de los consumidores por incurrir en publicidad engañosa. La compañía, según denuncia la entidad, ha intentado impedir en los tribunales que conozca y haga públicos los detalles de la multa.

La asociación ha tardado casi tres años en lograr el acceso a la información, tras el rechazo inicial de la Agencia Catalana de Consumo y, posteriormente, la actuación judicial de la empresa. Facua denunció en 2018 y ante la falta de respuesta, la asociación solicitó al organismo en julio de 2020 que le informase de las actuaciones que había llevado a cabo al respecto. La Agencia no le contestó hasta seis meses después, indicando que había abierto un expediente sancionador a la empresa que culminó con la "imposición de una sanción por una infracción grave en materia de consumo".

Ante esta falta de transparencia por parte de la Agencia Catalana de Consumo, la asociación puso los hechos en conocimiento de la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP), argumentando en su reclamación que "el acceso a la información solicitada tiene su origen en una cuestión de salud pública y como objeto dar solución a los miles de consumidores afectados por los productos de Naturhouse".

Este organismo de transparencia emitió una resolución en la que reconoció a Facua su derecho a conocer la información. Así, la GAIP argumentó que "en este caso concreto, además del derecho de acceso a la información pública, concurre el interés público de la defensa de los consumidores y usuarios, que propugna la difusión de eventuales malas prácticas en la venta de productos y más, como es el caso, si se trata de productos de amplia difusión".

"Si bien es cierto que la divulgación de la información solicitada puede causar perjuicio a la empresa sancionada, no lo es menos que tal perjuicio seria, en el fondo, consecuencia del mal proceder de la propia empresa; sin desconocer el eventual perjuicio que la divulgación de la información solicitada causaría a la empresa sancionada, al ponderar tal perjuicio con los derechos a la información pública y de los consumidores y usuarios, los intereses económicos y comerciales de la empresa invocados sin duda se debilitan si se tiene en cuenta que quien los ha puesto en entredicho es la mala praxis de la propia empresa, pues de otro modo no habría sido sancionada", señaló la Comisión.

A consecuencia de ello, Naturhouse decidió acudir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para pedir que se revocase la resolución emitida por la GAIP donde se le reconoció a Facua su derecho a acceder a los datos relacionados con el expediente sancionador. Además, la empresa también solicitó al Tribunal que dictase la medida cautelar de prohibir a la administración catalana el envío de la información a FACUA hasta que se dictase la sentencia sobre su pretensión.

Ante esto, la Agencia Catalana de Consumo emitió un escrito en el que advirtió a Facua de que no podía "utilizar, divulgar, difundir o comunicar a terceros" información relacionada con dicho expediente hasta que se pronunciase al respecto el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Finalmente, la asociación ha recibido hace unos días un escrito de la autoridad de consumo catalana donde se le informa de que el importe de la sanción impuesta a Naturhouse es de 12.000 euros, y el motivo "hacer publicidad de cualquier manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión a las personas a las que va dirigido", por el hecho de comercializar y publicitar un producto para adelgazar "2 kilos en 2 días".

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