La compañía de supermercados Mercadona pagará 2,5 millones de euros en una sanción de la Agencia Española de Protección de Datos tras testar un sistema en algunos establecimientos en los que detectaba a personas con orden de alejamiento de la firma. En un comunicado, recogido por EFE, señalan que dan "por finalizado el procedimiento abierto por la AEPD en relación con el proyecto piloto que fue testado durante varios meses en 48 de las 1.640 tiendas de las que dispone la compañía", debido a las dudas "legales sobre el sistema de detección anticipada que la compañía implantó a modo de prueba piloto".
El sistema funcionó en 48 supermercados y fue desinstalado en mayo. "Contó desde el inicio con las correspondientes 37 autorizaciones judiciales, e inició sus pruebas después de presentarle el proyecto a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)", al tiempo que "se siguieron igualmente todos los procedimientos de información, control y transparencia".
"Tras contrastar científicamente, aplicando un primer filtro tecnológico y una segunda verificación visual" detectaba que la persona identificada tenía una orden de alejamiento vigente y procedía a notificarlo a las fuerzas y cuerpos de seguridad, responsables de hacer cumplir la medida en vigor", indicaban. Además que "no se guardaba ningún tipo de información del resto de personas, pues se eliminaba en su totalidad en 0,3 segundos que es la duración de todo ese proceso (tiempo similar a un parpadeo), lo que imposibilita totalmente la posibilidad de identificar a las personas sobre las que no existe una prohibición judicial de acceso al establecimiento".
El sistema "perseguía reforzar la seguridad tanto del personal de la tienda como de los clientes", y "desde el primer momento mantuvo un contacto estrecho con las autoridades correspondientes". Entre ellas, "compartió con la AEPD todos los procedimientos de su Sistema de Detección Anticipada antes de iniciar la prueba" y "se aplicaron los más estrictos estándares de transparencia".
En todos ellos, se basaban en las "más de 37 sentencias firmes con orden de alejamiento del establecimiento en vigor que autorizaban el uso de dicha tecnología". No obstante, ante "la indefinición y dudas legales puestas de manifiesto en lo actuado hasta el momento en el procedimiento sobre esta tecnología", Mercadona considera que "ahora lo más responsable y riguroso es dar por finalizada esta prueba piloto" y abonar la sanción propuesta.