La tienda Bomboneka "no ha cometido fraude laboral alguno"

El interior de una tienda del negocio gaditano, en una imagen de archivo. FOTO: BOMBONEKA.
El interior de una tienda del negocio gaditano, en una imagen de archivo. FOTO: BOMBONEKA.

lavozdelsur.es recibe un acta de rectificación en el que las propietarias de la tienda Bomboneka quieren expresar lo siguiente:

A) Que, el pasado sábado 23 de febrero de 2019 en la página web de la cadena www.lavozdelsur.es fue publicada una noticiatitulada “Trabajadoras de Bomboneka denuncian que fueron víctimas de nóminas y contratos de formación falsos” bajo el enlace https://www.lavozdelsur.es/trabajadoras-de-bomboneka- denuncian-que-fueron-victimas-de-nominas-y- contratos-de-formacion-falsos/ en la cual han sido difundidas determinadas informaciones que aluden tanto a la entidad BOMBONEKA, S.L. como a sus socias y Administradoras Mancomunadas Doña Denia Pineda Ruiz-Herrera y Doña María del Pilar Álvarez de la Hera.

B) Ante dichas informaciones, cuyo contenido es manifiesta y absolutamente inexacto y carente de veracidad y cuya divulgación resulta considerablemente perjudicial para los aludidos por razón de la imputación de actividades ilícitas y constitutivas, cuanto menos, de infracciones administrativas, nos vemos obligados, en ejercicio del derecho que nos otorga la Ley Orgánica 2/84, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación a requerirle, en tiempo y forma, en nombre de la entidad, para que proceda a difundir íntegramente la siguiente rectificación, en el plazo máximo de tres días, con relevancia semejante a la noticia que se rectifica, sin comentarios ni apostillas:

1. Que ni Doña Denia Pineda Ruiz-Herrera y/o Doña María del Pilar Álvarez de la Hera, como dueñas de la entidad BOMBONEKA, S.L., ni sus respectivos maridos han intimidado, vejado y/o proferido insultos a ningún trabajador/a de la empresa.

2. Que ni Doña Denia Pineda Ruiz-Herrera, ni Doña María del Pilar Álvarez de la Hera, ni la entidad BOMBONEKA, S.L. han cometido fraude laboral alguno, respetando siempre la normativa vigente en materia de contratación laboral, salario mínimo según convenio y cotizaciones a la Seguridad Social, formalizando con cada trabajador/a el correspondiente contrato laboral en la modalidad legalmente aplicable.

3. Que en todos los procedimientos judiciales tramitados frente a la entidad BOMBONEKA, S.L. y/o sus administradoras a instancias de antiguos trabajadores de la entidad por conflictos derivados de la extinción del contrato de trabajo se ha alcanzado un acuerdo con el trabajador siendo posteriormente homologado por el Juzgado competente, abonándose en todos y cada uno de los casos la totalidad de las cantidades a cuyo pago venía obligada la entidad sin que a la presente fecha se adeude cantidad alguna a ningún ex trabajador de la entidad, por ningún concepto.

4. Que BOMBONEKA, S.L. y sus administradores y socias han cumplido con todas las obligaciones derivadas de la formalización Contratos Laborales en la modalidad de formación y aprendizaje, especialmente las relativas a la formación de los mismos en todo aquello que resultaba de su competencia.

5. Que nunca se ha despedido a ningún trabajador de BOMBONEKA, S.L. como consecuencia del ejercicio por el mismo de los derechos sindicales que legalmente le asistían y/o como consecuencia de la reclamación por el mismo de los derechos laborales que en cada caso le resultaban aplicables, sin que exista reclamación judicial alguna al respecto.

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