Ikea ha despedido a una empleada de su tienda en Murcia tras detectar que utilizaba su descuento de personal para realizar compras a nombre de su hermana. La trabajadora, que llevaba 20 años en la compañía, recurrió el despido ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, que finalmente ha ratificado la medida como procedente. La decisión confirma la sentencia previa del Juzgado de lo Social de Murcia, conocida el pasado verano, que ya había rechazado los argumentos de la trabajadora.
Según el TSJ y la documentación de la empresa, la normativa interna de Ikea prohíbe expresamente que los empleados realicen compras “a petición de familiares o amigos” y advierte que cualquier uso del descuento destinado a obtener un beneficio económico fuera de la compañía constituye una infracción. La compañía argumentó que la empleada había vulnerado estas reglas al comprar productos para su hermana utilizando su descuento de empleado.
La investigación interna de Ikea identificó siete facturas emitidas entre marzo de 2023 y junio de 2024 con los datos fiscales de la hermana de la trabajadora. Los productos adquiridos sumaban un valor de 880 euros, de los cuales la beneficiaria solo pagó 151 euros. Tras elaborar un informe en julio de 2024, la compañía notificó a la empleada su despido mediante carta, en la que recordaba que el descuento del personal “solo es posible efectuarlo para compras propias y en domicilio personal, quedando prohibido cederlo a terceras personas, sean incluso familiares o amigos”.
Abuso de confianza
Ikea consideró que la actuación de la trabajadora constituyó “una operación de comercio al margen de esta empresa en su particular beneficio, a costa de perjudicar económicamente” a la compañía, calificando los hechos como “falta laboral muy grave”. La empresa señaló además que se trataba de una desobediencia grave a sus procedimientos, abuso de confianza y trasgresión de la buena fe contractual, al utilizar el descuento como un medio de ingreso fraudulento.
Al ser declarado procedente, el despido no dio derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, según recoge La Opinión de Murcia. La resolución subraya la estricta aplicación de la normativa interna de Ikea en casos de uso indebido de beneficios de personal y refuerza la posición de la empresa frente a este tipo de conductas.
