Despido fulminante a un ciclista por ganar una carrera de montaña mientras estaba de baja médica

La justicia asturiana avala la decisión de la empresa de Avilés al considerar incompatible su comportamiento con la incapacidad temporal ya que presentaba "síntomas y signos que afectan a las funciones cognitivas y a la conciencia"

25 de marzo de 2026 a las 17:34h
Un ciclista en una foto de archivo.
Un ciclista en una foto de archivo.

Despido disciplinario a un trabajador de una gran empresa industrial con centro en Avilés tras comprobarse que, mientras estaba de baja médica, participó —y ganó— una exigente prueba de ciclismo de montaña en Tineo.

La decisión ha sido ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que ha desestimado el recurso del empleado y ha respaldado el criterio ya fijado previamente por el Juzgado de lo Social nº 1 de Avilés. La clave: su comportamiento fue considerado incompatible con la incapacidad temporal que alegaba.

Los hechos se remontan a junio de 2023, cuando el trabajador inició una baja por enfermedad no laboral. Según recoge la sentencia, presentaba "síntomas y signos que afectan a las funciones cognitivas y a la conciencia". Ese mismo día fue trasladado en ambulancia al Hospital San Agustín tras sufrir mareo, confusión y lentitud en el habla, permaneciendo ingresado varios días.

Los informes médicos describían un cuadro de origen incierto, con temblores y alteraciones conductuales, aunque sin una patología neurológica clara. Durante los meses siguientes, fue sometido a diversas pruebas y recibió recomendaciones expresas: "evitar situaciones de riesgo", limitar actividades peligrosas y no conducir. También se le aconsejó mantener una "vida activa tanto a nivel intelectual como físico", argumento que luego utilizaría en su defensa.

Pero todo dio un giro cuando la empresa descubrió que, en pleno periodo de baja, el trabajador había competido en una carrera de bicicleta de montaña en Tineo, en modalidad eléctrica. No solo participó: ganó su categoría en menos de dos horas. Además, él mismo publicó imágenes en redes sociales junto a un mensaje irónico: "Me dijo el médico… reposo absoluto… no puede ni bajar escaleras solo".

La empresa abrió entonces un expediente e inició una investigación con detectives privados, que confirmaron tanto su participación en la prueba como la realización de otras actividades físicas e incluso gestiones para una tercera entidad.

Un "claro riesgo"

Con estas pruebas, la compañía concluyó que existía una actuación contraria a la buena fe contractual, al realizar actividades "incompatibles con tal baja laboral", y procedió a su despido en noviembre de 2023.

El trabajador recurrió alegando despido improcedente o nulo, denunciando discriminación por enfermedad y vulneración de su intimidad. Sin embargo, los tribunales rechazaron estos argumentos. La Sala de lo Social subraya que no hubo vulneración de derechos fundamentales y que la investigación se realizó en espacios públicos.

Más aún, la sentencia es contundente: "es sancionable con despido la realización, durante el periodo de incapacidad temporal, de una actividad que es susceptible de perturbar la curación del trabajador o evidencia la aptitud laboral de éste".

Los magistrados inciden en que competir en una prueba de ciclismo de montaña implica importantes requerimientos físicos y un "claro riesgo", especialmente teniendo en cuenta los episodios de alteración de conciencia que motivaron la baja.

En ese contexto, concluyen que la conducta del empleado revela "bien que tal sintomatología nunca llegó a existir, o bien que el demandante desoyó las recomendaciones médicas", comprometiendo su recuperación y prolongando indebidamente la incapacidad temporal.

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Patricia Merello

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