Crimen en Chiclana: una infidelidad por WhatsApp, un rodillo de amasar y una cuchillada en el cuello

Inmaculada asesinó a su marido tras seis días desde que este descubrió una infidelidad en su móvil. Ahora ha sido condenada a 18 años y debe indemnizar con 110.000 euros a cada uno de los hijos que tenían en común, de los que también ha perdido la custodia

Vivienda adosada de la Huerta del Rosario donde se produjo el crimen de Chiclana, en una imagen de Google Maps.
Vivienda adosada de la Huerta del Rosario donde se produjo el crimen de Chiclana, en una imagen de Google Maps.

Una tranquila urbanización de Chiclana de la Frontera, en la conocida Huerta del Rosario, anocheció conmocionada aquel final de septiembre de 2018. Nadie entre el apacible vecindario de adosados podía imaginar que Inmaculada acabara de confesar a un vecino, un guardia civil jubilado, que había asesinado a Abraham. Lo hizo antes de las siete y media de la tarde, mientras permanecía recostado en la cama de matrimonio.

La pareja, ambos con 42 años en el momento del crimen, compartían dos hijos de corta edad. “No sabemos qué ha podido pasar”, confesaban los vecinos, atónitos antes el crimen a manos de una mujer que limpiaba en uno de los hoteles de Sancti Petri y que nunca denunció a su marido por violencia machista.

La Audiencia de Cádiz ha condenado hace apenas unos días a Inmaculada a 18 años de prisión —Fiscalía solicitaba 20— por un delito consumado de asesinato con alevosía de su pareja. La sentencia, siguiendo el veredicto del jurado popular que la declaró culpable, indica que concurre la agravante de parentesco y las atenuantes de confesión y de arrebato. Además, la mujer pierde la patria potestad de los dos hijos que tenía en común con su pareja y les tiene que indemnizar con 110.000 euros a cada uno de ellos

El jurado popular declaró culpable a la mujer al considerar probado que mató su pareja en la localidad gaditana de Chiclana de la Frontera al golpearle repetidamente en la cabeza con un rodillo de amasar mientras dormía, para después clavarle en el cuello un cuchillo. Pero también consideraron que concurrían dos atenuantes: la de arrebato y confesión. De este modo, recoge la sentencia, la resolución explica que el 20 de septiembre de 2018 la víctima descubrió una infidelidad por un mensaje de WhatsApp por parte de la acusada, “que provocó desde ese momento una situación de tensión y desasosiego en la pareja”.

Seis días de "angustia, miedo e ira"

A partir de ese instante, el jurado consideró probado que la acusada “se encontraba bajo un estrés emocional relacionado con el trato que recibía de su pareja, consistente en amenazas, maltrato físico y psicológico, humillaciones públicas y privadas” desde el viernes 20 de septiembre de 2018 hasta el 26 de septiembre, día en que ocurrieron los hechos. Esa situación “le llevó a un estado emocional intenso con angustia, miedo e ira que se manifestó impulsivamente y en cortocircuito, escapando en parte de los controles de su voluntad que mermaba levemente capacidades cognitivas y volitivas”, aunque en su grado mínimo. 

El día de los hechos, la condenada cogió un rodillo de madera de amasar y “con ánimo de acabar con la vida de su pareja”, y aprovechando el estado en el que se encontraba, acostado en la cama de matrimonio y dormido, “golpeó repetidamente y desde atrás en la cabeza”. A continuación, cogió un cuchillo de cocina de unos 14 centímetros de hoja y se lo clavó en el cuello, y usando nuevamente el rodillo le golpeó nuevamente la cabeza, en la mano izquierda, en el abdomen, y se lo colocó en el cuello ejerciendo presión contra el mismo asfixiándolo”. 

Mientras los dos hijos en común estaban con uno de sus abuelos, el padre, como consecuencia de la brutal agresión, sufría un severo traumatismo craneoencefálico abierto con hemorragia subaracnoidea generalizada así como hemorragia externa e interna secundaria a la acción del arma blanca, que le condujeron a la muerte, la cual fue acelerada por la utilización de un mecanismo de asfixia”, señaló la acusación pública en el juicio, donde además especificó que la víctima “no presentaba ninguna lesión defensiva, ni tampoco la acusada presentaba ninguna lesión derivada de la defensa de su pareja”.

Tras los hechos, “aún en estado de shock, sin que se dirigiese contra ella ningún proceso, confesó los hechos a las autoridades, acudiendo a un vecino que era guardia civil jubilado. De forma inmediata, “los agentes acudieron a su domicilio, colaborando en todo momento con los agentes de la autoridad y las autoridades judiciales”, motivo por el que concurre también la atenuante de confesión. A medianoche el juez ordenó levantar el cadáver. Ahora, tres años y medio después del crimen, Inmaculada se dispone a cumplir su condena por asesinato.

Sobre el autor:

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P. S. M.

Periodista, licenciado en Comunicación por la Universidad de Sevilla, máster de Urbanismo en el IPE. Antes en Grupo Joly (2004-2012), Desde 2014 soy socio fundador y director de lavozdelsur.es. Miembro de número de la Cátedra de Flamencología; colaboro en Guía Repsol; y coordino la comunicación de la Asociación de Festivales Flamencos. Socio de la Federación Española de Periodistas (FAPE).

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