Ciudadanos pide que la violencia económica sea una nueva modalidad en el Código Penal

La formación naranja reclama que la definición de violencia de género recoja controlar el acceso a las mujeres a los recursos económicos

La diputada provincial de Ciudadanos por la provincia de Cádiz, Estefanía Brazo.
La diputada provincial de Ciudadanos por la provincia de Cádiz, Estefanía Brazo.

“Desde Ciudadanos vamos a instar al Gobierno de España para que impulse de manera inmediata la tipificación de la violencia económica como una modalidad de violencia de género en el Código Penal”, así lo ha anunciado este lunes la diputada provincial de Ciudadanos por la provincia de Cádiz, Estefanía Brazo.

Según especifica la ley de violencia de género aprobada en España en 2004, “la violencia de género comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad”.

Sin embargo, ha indicado que “el Convenio de Estambul, o Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, incluye en la definición de violencia de género no solo la violencia física y la psicológica, sino también la sexual y la económica. Un Convenio que España ratificó en 2014”.

La diputada ha informado que, en ese marco, la magistrada del Juzgado de lo Penal nº2 de Mataró (Barcelona), Lucía Avilés, ha pedido al Gobierno que “tipifique la violencia económica como una modalidad o forma de violencia de género”. De esta forma, Brazo continúa explicando que “lo ha hecho acogiéndose al artículo 4 del Código Penal, que prevé un mecanismo para pedir al Gobierno, exponiendo las razones, que una acción concreta sea objeto de sanción penal”.

El proyecto de investigación Ecovio, adscrito a la Universidad de Extremadura y financiado por la Unión Europea, define la violencia económica, dentro del contexto de la violencia de género, como una forma de “controlar el acceso de las mujeres a los recursos económicos, disminuyendo la capacidad económica de las mujeres”, algo que, como explica la magistrada Lucía Avilés, “las hace depender del agresor, obstaculizando romper el ciclo de violencia”.

“La forma más común de ejercer violencia de género es el impago de pensiones, pero hay otras como el uso trabajo de mujeres sin intercambio prestacional”, ha precisado Brazo exponiendo que “por ejemplo, muchas mujeres trabajan en el negocio familiar sin remuneración. Esto la desprovee de capacidad económica para tener independencia e, incluso, para tener un trabajo remunerado en otro sitio”.

“Así, la violencia económica se ha venido considerando una forma de ejercer violencia de género”, ha recalcado la portavoz provincial aportando como dato que “el 12% de mujeres de 16 años o más que tienen o han tenido pareja habrían sufrido violencia económica según la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer de 2019 (Ministerio de Igualdad, 2020)”.

Estamos ante tipo de violencia que ejercen muchos agresores sobre sus parejas o ex parejas impidiendo el acceso a los recursos económicos, coartando su libertad, su salud y también su capacidad para salir de situaciones de maltrato”, ha señalado Brazo subrayando que “este tipo de violencia también impacta en los recursos para los hijos cuando hay un proceso de separación”.

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