Acosar a mujeres en clínicas abortivas está penado con cárcel desde esta semana

Los "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" que "menoscaben la libertad de las mujeres" serán castigados con penas de prisión

Acosar a mujeres en clínicas abortivas está penado con cárcel.
Acosar a mujeres en clínicas abortivas está penado con cárcel.

La ley orgánica que reforma el Código Penal para castigar con penas de cárcel el acoso a mujeres que acuden a clínicas que practican abortos, entrará en vigor este jueves tras haber sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles.

El texto recoge que todos aquellos "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" que "menoscaben la libertad de las mujeres", serán castigados con la pena de prisión de 3 meses a 1 año o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, y establece que el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares durante un periodo de 6 meses a 3 años.

También incluye que el acoso que se ejerza a los trabajadores y profesionales de las propias clínicas también es objeto de pena, y que no es necesaria la denuncia para la persecución de los hechos. El pleno del Congreso de los Diputados aprobó en febrero esta reforma impulsada por el PSOE y con el apoyo de todos los grupos parlamentarios a excepción de PP y Vox, que votaron en contra.

La OMS pide más protección

La Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó hace unas semanas nuevas pautas sobre la atención del aborto para proteger la salud de mujeres y niñas y, junto con las recomendaciones clínicas y de prestación de servicios, recomiendan eliminar las barreras políticas médicamente innecesarias como la penalización, los tiempos de espera obligatorios, el requisito de que otras personas (por ejemplo, parejas o familiares) o instituciones deben dar la aprobación, y límites sobre cuándo puede tener lugar un aborto durante el embarazo.

En un intento por proteger la y ayudar a prevenir más de 25 millones de abortos inseguros que ocurren actualmente cada año, la OMS defiende que estas barreras pueden provocar retrasos críticos en el acceso al tratamiento y poner a las mujeres y las niñas en mayor riesgo de aborto inseguro, estigmatización y complicaciones de salud, al tiempo que aumentan las interrupciones en la educación y su capacidad para trabajar.

"Poder obtener un aborto seguro es una parte crucial de la atención de la salud. Casi todas las muertes y lesiones que resultan del aborto inseguro son totalmente prevenibles. Por eso recomendamos que las mujeres y las niñas puedan acceder a los servicios de aborto y planificación familiar cuando los necesiten", ha señalado Craig Lissner, director interino de Salud e Investigación Sexual y Reproductiva de la OMS.

Asimismo incluye recomendaciones sobre muchas intervenciones simples a nivel de Atención Primaria como el reparto de tareas por parte de una gama más amplia de trabajadores de la salud; asegurar el acceso a las píldoras abortivas con medicamentos, lo que significa que más mujeres pueden obtener servicios de aborto seguro, y asegurarse de que la información precisa sobre la atención esté disponible para todos aquellos que la necesiten.

Y, por primera vez, las pautas también incluyen recomendaciones para el uso de la telemedicina, cuando corresponda, lo que ayudó a respaldar el acceso a los servicios de aborto y planificación familiar durante la pandemia de COVID-19. La evidencia muestra que restringir el acceso a los abortos no reduce la cantidad de abortos que se realizan. De hecho, es más probable que las restricciones lleven a las mujeres y niñas a procedimientos inseguros. En los países donde el aborto está más restringido, solo 1 de cada 4 abortos es seguro, en comparación con casi 9 de cada 10 en países donde el procedimiento es ampliamente legal.

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