El TSJA rechaza investigar al número 3 del PSOE-A y los socialistas estudian medidas legales contra el juez

El caso estalló a unos pocos días de las elecciones municipales; ahora, el Alto Tribunal andaluz señala que no se practicaron las diligencias suficientes

Noel López, en una rueda de prensa del PSOE-A.
Noel López, en una rueda de prensa del PSOE-A.

El escándalo saltó la misma semana de las elecciones municipales. Dos semanas después de votar, ya no existe escándalo. El juez que señaló a Noel López, número 3 del PSOE-A, como uno de los principales sospechosos en el secuestro de una concejala en Maracena, se ha autoenmendado y rectificado el auto que se hizo público a falta de dos días para los comicios.

Además, el propio Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado no incoar diligencias previas de investigación penal contra el diputado socialsita, al entender que no se han agotado las necesarias diligencias de investigación que permitan afirmar con "claridad", en este momento de la investigación, los hechos que se le atribuyen en relación a este asunto.

La situación ha provocado un gran enfado en el PSOE porque entienden que este escándalo tuvo repercusiones en el resultado de las elecciones municipales. Para empezar, los socialistas perdieron el Ayuntamiento de Maracena tras tres lustros de gobierno.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha archivado la causa especial que abrió por este tema para que el Juzgado de Instrucción siga investigando, sin perjuicio de que pueda remitir una nueva exposición razonada a Alto Tribunal una vez practicadas las diligencias necesarias para la determinación de los hechos. Por el momento, el TSJA considera "prematura" la remisión de las actuaciones que le hizo el juez instructor.

El TSJA mantiene, y con ello coincide el Ministerio Fiscal, que no se han agotado las necesarias diligencias de investigación que permitan afirmar con la claridad necesaria en este momento de la investigación, al menos indiciariamente, los hechos que han sido atribuidos a Noel López, debiendo continuar la investigación con la práctica de diligencias de investigación esenciales no practicadas, precisamente para poder corroborar de forma indiciaria su existencia y alcance delictivo, respecto de Noel López y, así como de la actual alcaldesa en funciones, Berta Linares, y el concejal de Urbanismo en el momento de los hechos, Antonio García Leyva.

"No es suficiente por tanto que aparezca mencionado un aforado o que se aventure la posibilidad de que en el curso de la investigación surjan datos incriminatorios más robustos contra él. Es necesario que se detecten indicios de responsabilidad que conlleven la necesidad de dirigir el procedimiento contra el aforado", agrega el auto, donde se expone que los indicios que han permitido al juez instructor la remisión de la causa al TSJA se basan en las declaraciones del presunto secuestrador en relación a las de la concejal secuestrada, y las ubicaciones obtenidas de ambos dos, y de otras personas, en determinados lugares y horas.

En el auto se advierte que no se han practicado diligencias esenciales de investigación, como la declaración "de personas a las que se imputa la participación" en el secuestro de la concejal. Ve por tanto "imprescindible e indispensable" confrontar las manifestaciones y las imputaciones de la concejal secuestrada y del presunto secuestrador con lo que tengan que declarar Berta Linares y el que fuera edil de Urbanismo.

Por ello, concluye el auto, "en tanto no concurran las anteriores circunstancias, con la práctica de todas las diligencias necesarias y esenciales para su determinación", la investigación corresponde al Juzgado ordinario legalmente competente para la instrucción. Así, la Sala Civil y Penal no incoa diligencias previas de investigación y archiva la causa especial abierta, devolviendo al Juzgado la misma.

Sobre el autor:

Emilio Cabrera.

E. C.

Periodista.

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