El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de nueve años de inhabilitación al alcalde de San José del Valle, Antonio González Carretero, por un delito de prevaricación administrativa. La sentencia se refiere a la exención del pago de tasas municipales a varios feriantes durante la feria de 2016, una decisión que contravenía la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento.

La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA desestimó el recurso presentado por la defensa del alcalde contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz. La condena incluye inhabilitación especial para ejercer cualquier cargo electivo de ámbito local, autonómico, estatal o europeo. El tribunal, en cambio, absolvió al acusado del delito de exacciones ilegales.

Según los hechos probados, el alcalde dictó en mayo de 2016 dos decretos que eximían a determinadas casetas, barracas y atracciones de feria del pago de la tasa municipal. La suma total de las cantidades que deberían haberse cobrado ascendía a 2.768,35 euros, que finalmente no fueron reclamados.

La Audiencia de Cádiz constató que los terrenos donde se instalaron las atracciones habían sido ocupados en anteriores ferias sin protesta alguna. Sin embargo, la secretaria-interventora municipal advirtió verbalmente al alcalde de que la exención de tasas era ilegal, ya que la normativa fiscal no contemplaba supuestos de bonificación o exención de este tributo.

El TSJA subraya que el alcalde "actuó a sabiendas de la ilegalidad de su decisión", ignorando los reparos de la secretaria-interventora. A pesar de conocer que los decretos contravenían la Ordenanza Fiscal, firmó los documentos para garantizar la celebración de la feria y favorecer a determinados feriantes, según recoge la sentencia.

La defensa del primer edil argumentó vulneración de la presunción de inocencia y errores en la valoración de pruebas, negando que la secretaria-interventora le hubiera advertido de la ilegalidad de los decretos. El TSJA rechazó estos argumentos, destacando la coherencia y consistencia de las declaraciones de la interventora.

A vueltas con los acuerdos con los feriantes

El tribunal también desestimó la alegación de vulneración del principio de legalidad. Según el TSJA, la normativa fiscal municipal era clara y no admitía interpretación alguna que permitiera eximir del pago de la tasa, por lo que los acuerdos con los feriantes carecían de efectos jurídicos para derogar la ordenanza.

La sentencia concluye que el alcalde persistió en su decisión "manifiestamente ilegal" incluso después de conocer el reparo formal incorporado al expediente, priorizando su voluntad sobre la normativa municipal. La resolución enfatiza que el convenio firmado con los feriantes no podía prevalecer sobre la ley aprobada por el Ayuntamiento.

Contra la decisión del TSJA cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, última instancia judicial que podría revisar la condena de nueve años de inhabilitación impuesta al alcalde de San José del Valle.

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Francisco J. Jiménez

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