La forense recomienda que Griñán no entre en la cárcel por el cáncer "incurable" que padece

Un informe de la médico forense recoge que padece "una enfermedad muy grave", lo que hace "desaconsejable su ingreso en un centro penitenciario"

José Antonio Griñán, en una imagen de archivo.
José Antonio Griñán, en una imagen de archivo.

El ex presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, padece cáncer de próstata, por lo que un informe de la médico forense recoge que padece "una enfermedad muy grave con padecimientos incurables" que hace "desaconsejable su ingreso en un centro penitenciario".

El documento, elevado a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, reseña que Griñán tiene una "enfermedad muy grave con padecimientos incurables". Para hacer este análisis se basa en el artículo 80.4 del Código Penal, que recoge que "los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables".

El nuevo informe sobre Griñán, condenado a seis años y un día de cárcel por el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos; indica que el mismo padece "una enfermedad muy grave con padecimientos incurables", por lo que no aconseja su ingreso en prisión.

En su nuevo informe, emitido después de que hace pocos días la Sección Primera de la Audiencia le instase a emitir "el informe solicitado" con concreciones sobre su pronunciamiento previo sobre si Griñán puede seguir en prisión su tratamiento contra el cáncer de próstata, "sin que proceda solicitar la documentación de cada una de las revisiones" médicas; la médico forense expone que "procede reiterar lo ya dicho en anteriores informes".

La Sección Primera de la Audiencia había pedido a la médico forense un nuevo informe para determinar definitivamente si es posible que el expresidente socialista de la Junta continúe su tratamiento médico en prisión, dando cuenta después de que ella había "solicitado nueva documentación de la última revisión por el servicio de Oncología y, en su caso, informe de urología".

Tras ello, la Audiencia requería "el informe solicitado, que tenía por objeto no efectuar un nuevo informe, sino concretar algunos extremos" de su anterior pronunciamiento, "a fin de resolver sobre la suspensión de la pena" que solicita la defensa de Griñán por el cáncer de próstata que padece.

La Sección Primera de la Audiencia precisaba que la médico forense responsable de este caso "no puede solicitar la documentación médica de cada una de las revisiones que se realicen al penado, pues dada la enfermedad que padece y las continúas revisiones a las que será sometido, ello impediría a la sala resolver sobre la suspensión de la pena", una decisión que como bien recordaba la Audiencia, "ya fue aplazada hasta que concluyera las sesiones de radioterapia", extremo ya acontecido.

La médico forense expone en su nuevo documento que Griñán padece "una enfermedad muy grave" y el hecho de que haya terminado las sesiones de radioterapia "no significa que el cáncer haya remitido", con lo que "no existen criterios médicos que permitan hablar de remisión del cáncer, una enfermedad incurable"; extremo que según reitera la forense "vuelve a hacer patente la dificultad de mantener una dinámica carcelaria".

La forense agrega que sobre "la posibilidad de compatibilizar el ingreso en prisión con el tratamiento médico", en su informe de fecha 28 de mayo ya dio "suficiente respuesta recordando que es la propia prisión la que dejó constancia de los problemas que se le plantean para el traslado al hospital de referencia de los penados, siendo los tratamientos en general externalizados".

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