Ayuntamiento e Ikea hacen oídos sordos a la orden judicial que exige demoler parte de Luz Shopping

Uno de los promotores iniciales del complejo y propietario de suelos en la zona, Martín Aleñar, carga contra el Consistorio por "consolidar una grave ilegalidad" a favor de la multinacional sueca, que construyó más del doble de lo permitido por el PGOU en la zona central del Parque

Una de las calles del complejo comercial Luz Shopping, en una imagen de archivo. JAVIER FERGO
Una de las calles del complejo comercial Luz Shopping, en una imagen de archivo. JAVIER FERGO

Un pleno extraordinario aprobará este jueves en el Ayuntamiento de Jerez, después de la falta de quórum del pasado pleno de enero, la modificación puntual del planeamiento urbanístico vigente (PGOU) en el municipio para regularizar la zona central del complejo comercial Luz Shopping, que gestiona y explota la filial de parques comerciales de la multinacional sueca Ikea. Sin embargo, los tribunales llevan tumbando dicho intento desde 2014, después de que los anteriores promotores, junto a Ikea, del complejo comercial y de ocio, la compañía Parques Veintiuno —del empresario madrileño Martín Aleñar, que aún cuenta con suelos en el sector urbanístico en cuestión, área 7 Hijuela de Rompecerones-El Calvario—, denunciara las supuestas ilegalidades urbanísticas y trashaberse anulado el planeamiento y las licencias que permitieron su edificación y posterior apertura al público.

A juicio de Aleñar, que ha remitido un comunicado de prensa a lavozdelsur.es, Ayuntamiento pretende “continuar con la estrategia, que mantiene desde hace años, destinada a impedir el cumplimiento de sentencias firmes, consolidando una grave ilegalidad en favor de la multinacional Ikea, propietaria del Luz Shopping, y sin tener en cuenta los derechos de los demás propietarios de ese mismo sector ni a lo que está obligado según el PGOU”.

Después de años de litigio y con sentencias que dictan la demolición de parte de Luz Shopping, Aleñar afirma que recientemente el Juzgado ha solicitado al Ayuntamiento la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba el Plan Especial que debía regularizar la situación. En dicha solicitud, los tribunales han obtenido del Consistorio la identificación de las personas responsables del cumplimiento de la sentencia y por parte de los demandantes se está barajando la posibilidad de interponer una querella, según anuncia el empresario.

"Enriquecimiento ilícito de Ikea"

En este contexto, expone que, “a pesar de todo esto, el Ayuntamiento además de negarse a ejecutar la sentencia, sigue concediendo licencias en la zona central, lo que es rigurosamente ilegal; las obras, iniciadas sin licencia en la pasada primavera, fueron denunciadas por Parques Veintiuno en diversas ocasiones ante el Ayuntamiento, que ha obviado las denuncias presentadas, permitiendo la apertura de diferentes locales en dicha zona a lo largo del año 2018 y haciendo dejación de sus funciones de control urbanístico al permitir las nuevas obras y aperturas de actividades, que al final suponen un claro enriquecimiento ilícito de Ikea que de nuevo han supuesto diversas denuncias ante los tribunales presentadas recientemente”.

Todo comenzó en el año 2009, según el relato de Aleñar, “cuando Ikea se dio cuenta de que en el parque comercial tenía bastante edificabilidad “no rentabilizada” y decidió concentrarla en la zona central del mismo, que inicialmente había sido diseñada como zona libre y muy abierta de ocio y restauración, con una  limitada edificabilidad”. Para realizar esta maniobra, abunda en su escrito, “que alteraba de forma sustancial la Ordenación Pormenorizada del Parque, recurrió a la figura del Estudio de Detalle que podía aprobar directamente el Ayuntamiento sin acudir a la Junta de Andalucía. Ikea solicitó las correspondientes licencias y empezó la construcción de lo que hoy es la zona central del parque”.

Esta maniobra “radicalmente ilegal” fue impugnada ya durante la fase de construcciónpor las empresas que todavía a dia de hoy son propietarias de terrenos situados en el ámbito del Parque Comercial y que, a la sazón, fueron las que inicialmente promovieron el desarrollo del mismo, caso de Parques Veintiuno. “La nueva ordenación lanzada por Ikea era ilegal y modificaba sustancialmente la Ordenación Pormenorizada del Parque, en perjuicio del resto de propietarios del área, revalorizando su propiedad sin contrapartida alguna ni para la ciudad ni para los otros propietarios del sector que se veían afectados, por lo que se decidió impugnar las licencias y el Estudio de Detalle en el que se basaban”, insiste Aleñar.

En el siguiente plano comparativo, aparece reflejado en rojo las previsiones del vigente PGOU al que debería de haberse sometido Ikea, y en azul la obra ejecutada al amparo del estudio de detalle y plan especial que resultaron anulados por las resoluciones judiciales.

La respuesta de la Justicia fue contundente, tanto el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Jerez como el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anularon las licencias y el Estudio de Detalle, declarando unos y otros nulos. La consecuencia de ello era y es la necesaria demolición de lo ilegalmente construido al ser completamente contrario a Derecho. En este contexto, el Ayuntamiento e Ikea no solo no han acatado dicha sentencia sino que han seguido otorgando licencias y abriendo establecimientos en una zona urbanística ilegal. “Simultáneamente, el Ayuntamiento sigue intentando la huida hacia delante con la modificación puntual del PGOU, sabiendo, como sabe, que no puede evitar lo que pretende; la sentencia debe ejecutarse, pues otra cosa sería burlar a la justicia, ya que los tribunales han declarado reiteradamente la nulidad de los instrumentos de planeamiento cuya única finalidad sea la de evitar el cumplimiento de sentencias firmes que acuerdan la demolición de obras ilegales”.

En la actuación municipal, añade, “el Ayuntamiento de Jerez se posiciona claramente en defensa de los intereses particulares de la multinacional sueca sin obtener nada a cambio, sin tener en cuenta las sentencias, la jurisprudencia existente, la legislación vigente y los derechos del resto de los propietarios del ámbito”. E insiste: "La tramitación de la modificación puntual, más allá de poder ser considerada nula por carecer de motivación que la justifique, demuestra nuevamente que el Ayuntamiento antepone los intereses de Ikea al cumplimiento de la ley, las sentencias y el propio PGOU de la ciudad, puesto que su tramitación únicamente beneficia a los intereses de la empresa; esta circunstancia, entendemos, ha sido apreciada por los grupos municipales del PP y de Ciudadanos que ha decidido abstenerse en la votación planteada".

Con respecto a la posible indemnización que según parte de la Corporación podría pedir Ikea en caso de llegar a la demolición, Aleñar entiende que "dichas afirmaciones no suponen más que una clara demostración del desconocimiento de la situación; los instrumentos urbanísticos aprobados por el Ayuntamiento fueron elaborados y propuestos por Ikea, que era conocedora de los problemas que su tramitación podía acarrearle". Y es que, argumenta, la multinacional sueca ha pasado de una zona central con "una huella construible de escasos 7.000 metros cuadrados, a construir 16.000 metros cuadrados en una sola altura con un aprovechamiento lucrativo muy superior".

tal y como se puede apreciar en el siguiente plano comparativo en el que aparece reflejado en rojo las previsiones del vigente PGOU al que debería de haberse sometido IKEA y en azul la obra ejecutada al amparo del estudio de detalle y plan especial que resultaron anulados por las resoluciones judiciales.

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