La Junta cobra desde enero a la gran mayoría de familias por herencias que antes estaban exentas de pago

La Agencia Tributaria de Andalucía obliga ahora a pagar a la persona que hereda una vivienda aun habiendo compensado por la misma al resto de beneficiarios

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en una imagen de archivo, durante su etapa como consejera en la Junta de Andalucía.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en una imagen de archivo, durante su etapa como consejera en la Junta de Andalucía.

Desde el 1 de enero de 2018, las herencias inferiores al millón de euros están exentas de pago en Andalucía tras la reforma fiscal del Impuesto de Sucesiones. Sin embargo, desde este año, la Junta está ingresando jugosas cuantías al cobrar por herencias que antes no se cobraban y que afectan y pueden afectar a la gran mayoría de familias andaluzas.

Como informa Diario de Sevilla, la Agencia Tributaria de Andalucía está gravando las herencias que suelen ser muy habituales, las de una familia con una sola casa y varios herederos. Esta medida se tomó estando aún en el cargo de consejera de Hacienda la actual ministra de este ramo en el Gobierno de España, la socialista María Jesús Montero.

El periódico sevillano explica que una circular remitida a las oficinas liquidadoras con fecha 13 de octubre de 2017 obliga ahora al cobro del Impuesto sobre los Actos Jurídicos Documentados (AJD). Así, ahora se califica de “exceso de adjudicación” el hecho de que la única casa de una familia pase a uno solo de los herederos cuando este ya ha compensado económicamente a sus hermanos de manera proporcional. Al ser este el modelo de herencia más habitual, incluida las más modestas, la administración andaluza está obteniendo nuevos y suculentos ingresos de los contribuyentes.

Sin embargo, abunda Diario de Sevilla, esta circular de la Agencia Tributaria de Andalucía choca con el artículo 1.062 del Código Civil, que permite que una persona pueda heredar una casa pagando a sus hermanos una compensación económica sin que ello suponga la obligación de pagar por AJD, ya que no se entiende que haya “exceso de adjudicación” al ser compensados en “valor” —esto es, dinero— al no poderlo hacer en “especie” —la casa—. Sin embargo, a este supuesto “exceso de adjudicación” se agarra la Junta para cobrar por las herencias que antes del 1 de enero no cobraba. Expertos consultados por el medio hispalense señalan que la circular de la Agencia Tributaria Andaluza genera “inseguridad jurídica” debido a la modificación de unas normas que no han pasado por la vía de la reforma administrativa.

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