El Supremo prohíbe el 'bag in box' para vender jerez o manzanilla y zanja la guerra bodeguera en el Marco

En una providencia, da la razón a Fedejerez y al Consejo Regulador, y también condena en costas por la casación a los bodegueros artesanos de Sanlúcar y a la Junta, cuya personación "en sedicente condición de parte recurrida es procesalmente fraudulenta"

Un envase de 'bag in box' en un establecimiento, en una imagen de archivo.
Un envase de 'bag in box' en un establecimiento, en una imagen de archivo.

El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación interpuestos por las bodegas artesanas de Sanlúcar y por la Junta de Andalucía contra la sentencia del TSJA que impedía el uso del envase de cartón para el jerez y la manzanilla. De este modo, el Alto Tribunal prohíbe el llamado bag in box para vender jerez o manzanilla, zanjando así, al menos en los tribunales, la guerra bodeguera en el Marco de Jerez. Y es que el Supremo da la razón a Fedejerez y al Consejo Regulador, contrarias a este uso conforme a los reiterados acuerdos adoptados por el pleno del vino.

La Federación de Bodegas del Marco de Jerez (Fedejerez) conoció la providencia dictada por el Tribunal Supremo a finales de esta semana, recordando que los recursos de casación, cuya inadmisión ha acordado el Tribunal Supremo, fueron presentados el pasado 2018 por la autodenominada asociación de bodegas artesanas de Sanlúcar de Barrameda, las bodegas Herederos de Argüeso, Miguel Sánchez Ayala, Francisco Yuste Brioso y Bodegas Hidalgo La Gitana, además de la propia Junta de Andalucía. "Todos ellos han visto cómo no prosperaban sus pretensiones y se reconocía, por el contrario, la razón que asistía a Fedejerez y al Consejo Regulador de Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla Sanlúcar de Barrameda en todo este asunto", apuntan en un comunicado remitido a los medios.

Como se recordará, Fedejerez defendió desde el primer momento la prohibición de uso del envase bag in box, "no solo por estar así claramente establecido en el Reglamento del Consejo Regulador de las DDOO Jerez, Xérès, Sherry y Manzanilla Sanlúcar de Barrameda y reiteradamente acordado en su pleno, sino también por el perjudicial impacto que para la imagen del fino o la manzanilla tendría su comercialización en dichos envases de cartón". "Se trata de una magnífica noticia en beneficio de todo el sector y todos debemos por ello felicitarnos”, ha manifestado el presidente de la patronal bodeguera, Evaristo Babé, quien entiende que "es mucho más importante la unión para afrontar los retos de futuro que hacer leña del árbol caído tras esta reconocida victoria".

Las firmas que han visto desestimadas sus pretensiones han sido además condenadas en costas, incluyendo a la propia Junta de Andalucía que, en este caso, ha recibido además un duro varapalo expreso por parte del Tribunal Supremo que llega a afirmar en su providencia que “la personación de esta Administración en sedicente condición de parte recurrida es procesalmente fraudulenta". Lo que es lamentable, ha manifestado Babé, es que haya habido que acudir a los tribunales para una cuestión así e incluso que la propia Junta de Andalucía asumiera en este asunto una posición expresa en contra de lo que establece el Reglamento y los acuerdos adoptados en el seno del propio Consejo Regulador”.

“Los vinos del Marco de Jerez necesitan recuperar la imagen de prestigio que les correspondetanto por sus exclusivas y magníficas calidades, como por su larga historia y tradición. Este es un paso importante en esa dirección” ha manifestado Evaristo Babé. Queda, por tanto, definitivamente avalada la prohibición de comercializar Manzanilla en el envase de cartón conocido como “bag-in-box”.

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