Cuidado si usas la tarjeta Carrefour Pass: un juzgado ha detectado el uso de prácticas financieras abusivas

La entidad financiera, como ha concluido la justicia, no estaba informando adecuadamente a los clientes sobre el verdadero coste del crédito

Un cliente, con una tarjeta de crédito Carrefour Pass.
Un cliente, con una tarjeta de crédito Carrefour Pass.
15 de mayo de 2025 a las 10:55h

Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Valdemoro ha declarado nulo el contrato de una tarjeta de crédito Carrefour Pass, al detectar prácticas financieras abusivas. En el caso, se determinó que el interés real aplicado al consumidor alcanzaba el 42,05% TAE, muy por encima del 18,99% que figuraba en el contrato firmado. Esta diferencia, de más del doble, ha sido considerada desproporcionada y contraria a la normativa vigente.

La resolución, como recoge Sin Comisiones, ha vuelto a poner bajo el foco público las tarjetas revolving, un tipo de crédito al consumo que permite aplazar pagos con intereses acumulativos, y que ha sido objeto de múltiples denuncias en los últimos años. En este caso, la justicia concluyó que la entidad financiera no estaba informando adecuadamente a los clientes sobre el verdadero coste del crédito.

Una TAE camuflada y cargos no revelados

Según la investigación judicial, el interés del 18,99% anunciado no correspondía a una Tasa Anual Equivalente (TAE) real, sino a un Tipo Efectivo Definición Restringida (TEDR), una cifra que excluye comisiones, gastos adicionales y condiciones vinculadas al préstamo. Una vez incorporados todos los costes asociados, el interés efectivo superaba los 42 puntos porcentuales, una cifra que la jueza calificó como “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionada”.

Dicha consideración se basa en la Ley de Represión de la Usura de 1908, que establece que cualquier crédito con condiciones desmesuradas puede ser anulado por los tribunales. Por ello, Carrefour deberá reembolsar los importes cobrados de más al afectado, sumando también los intereses legales correspondientes. El proceso judicial contó con el asesoramiento jurídico de una plataforma de reclamaciones especializada.

El Supremo ya había advertido sobre los límites del crédito revolving

Este fallo se alinea con la doctrina consolidada por el Tribunal Supremo, que en casos anteriores ya había establecido que un interés superior en más de 6 puntos al tipo medio del mercado —publicado por el Banco de España— puede considerarse usurario. En este caso concreto, la diferencia superaba los 15 puntos porcentuales, lo que refuerza la posición del tribunal de Valdemoro.

Aunque cada caso debe analizarse de forma individual, la sentencia refuerza el mensaje de que la transparencia y proporcionalidad en los contratos de crédito son obligatorias. Las entidades no pueden esconder costes a través de tecnicismos o cifras imprecisas, y menos aún en productos financieros de consumo masivo como este.

Una advertencia para miles de usuarios

Uno de los aspectos más preocupantes que revela este caso es que miles de personas podrían estar afectadas sin saberlo. Muchos titulares de tarjetas revolving ignoran que los intereses que están pagando podrían ser ilegales, y que en ciertos casos es posible reclamar y recuperar el dinero. La complejidad de los contratos y la falta de información clara dificultan que los consumidores conozcan el verdadero alcance de sus deudas.

Esta sentencia podría abrir la puerta a una oleada de reclamaciones contra otras entidades que emplean sistemas de financiación similares. Organizaciones de defensa del consumidor advierten desde hace años sobre el riesgo de estas tarjetas, cuyos costes reales a menudo superan lo asumible para una economía doméstica media.

Un precedente que puede cambiar el panorama del crédito al consumo

Con este fallo, se abre un importante precedente judicial que podría impactar en la forma en que se comercializan productos financieros en España. Aunque la sentencia es de primera instancia, su argumentación jurídica y la coincidencia con las directrices del Supremo le otorgan peso.

El caso pone de manifiesto la necesidad urgente de reforzar los mecanismos de supervisión sobre este tipo de créditos, así como de impulsar campañas informativas que ayuden al consumidor a comprender mejor los riesgos del endeudamiento fácil. La sentencia no solo representa una victoria para el afectado, sino un aviso para la banca y las grandes superficies que ofrecen crédito bajo condiciones poco claras.

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Rubén Guerrero.

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