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Son muchas las dudas que se suscitan en cuanto a este asunto hacia los ciudadanos, entre otras cuestiones, porque es necesaria una difusión importante para que todos los afectados sepan qué pueden reclamar.

Recientemente se ha iniciado en toda España una campaña de reclamaciones relativas a los gastos de constitución de hipotecas derivada de la Sentencia que el Tribunal Supremo expuso sobre cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios de una entidad financiera. Esta catalogación se puede extrapolar a otras entidades financieras con idénticas cláusulas abusivas dentro de sus contratos.

Son muchas las dudas que se suscitan en cuanto a este asunto hacia los ciudadanos, entre otras cuestiones, porque es necesaria una difusión importante para que todos los afectados (unos 8 millones) sepan qué pueden reclamar.

¿De qué conceptos estamos hablando?

Se trata de los gastos relativos a la constitución de hipoteca, es decir, las facturas que se hayan pagado en concepto de notaría, registro de la propiedad, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, tasación, gestoría, etc. De todos ellos nos deberían haber dado factura cuando se ha procedido a la liquidación de los mismos.

¿De qué cuantía media es de la que podemos hablar?

Según las reclamaciones que estamos manejando se podría hablar de una cuantía aproximada a 3000 euros.

¿Todo el mundo que tenga una hipoteca puede reclamar?

Sí. Tanto los que la están pagando como los que la hayan pagado porque se considera una actuación de tracto sucesivo y al hablar de nulidad de cláusulas abusivas en contratos no hay plazo de prescripción.

¿Qué se debe hacer para recuperar el dinero?

Debemos realizar en primer lugar reclamación extrajudicial previa al Servicio de Reclamaciones o Defensor del Cliente de la entidad financiera. En esta reclamación debe ir claramente especificada nuestra pretensión por lo que es aconsejable el asesoramiento de un experto jurídico desde un primer momento. En caso de que la contestación haya sido negativa o no exista la misma debemos reclamar estos gastos judicialmente aludiendo a la sentencia del Tribunal Supremo referida anteriormente.

¿Hay ya respuesta de los bancos a las primeras reclamaciones?

Sí y desgraciadamente es la que nos esperábamos: la negativa a devolver ninguna cantidad tal y como sucedió en su día y sigue pasando actualmente con las devoluciones por la aplicación de las denominadas cláusulas suelo. Por ello es importante no conformarse y hacer valer nuestros derechos ante los constantes abusos que hemos soportado los ciudadanos por parte de las entidades financieras

asocoes2015@gmail.com

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