Jueces españoles, ¿sesgo o ruido?

Nuestro sistema judicial no está singularmente infestado de ruido, más lo están los sistemas anglosajones

Mónica Oltra, vicepresidenta de la Generalitat Valenciana, en una imagen de archivo.
Mónica Oltra, vicepresidenta de la Generalitat Valenciana, en una imagen de archivo.

Hace unos días falleció Daniel Khaneman psicólogo israelí y premio Nobel de economía del año 2002. Khaneman fue un genial detector de las trampas del razonamiento humano,  publicó miles de trabajos y artículos de investigación y dos libros de gran éxito público: Pensar rápido, pensar despacio y Ruido. En este último libro se enfrentó con un postrer hallazgo científico, reconoce haberlo detectado a la edad provecta de los ochenta años, murió con noventa: El ruido. Khaneman no se refiere al ruido en la comunicación, producto de los inevitables rozamientos del mensaje con el canal de trasmisión, sino en el mismo razonamiento enjuiciante del sistema cognitivo humano. Para el científico judío, el ruido es un efecto inevitable  del juicio humano y se refiere a la dispersión  injustificable  y caótica  entre diversos juicios y un mismo objeto de enjuiciamiento.

Khaneman aplicó sus modelos experimentales, denominados auditorias de ruido, a las evaluaciones de diversos ejercidos profesionales como peritaje de seguros, medicina diagnostica o jueces. Estimó como razonable tasas de ruido del 10%, pero halló empíricamente tasas reales de ruido del 50% (¡¡cinco veces más¡¡) El ruido se distingue del sesgo en dos aspectos muy relevantes: primero, es más difícil de localizar y corregir que el sesgo, y segundo, tiene una distribución azarosa mientras que el sesgo cuenta con una agrupación monótona y predecible. Una vez identificado el sesgo, el margen de incertidumbre se reduce y la predictibilidad se incrementa. La localización del ruido no reduce la incertidumbre y no eleva la predictibilidad. En definitiva, el ruido convierte al juicio en mucho más caótico que el sesgo.

Muchos de los sesgos conocidos tienen una fortísima carga ideológica, los ruidos no. En los sesgos podemos, y debemos, hablar de injusticias epistémicas, mientras que en el ruido solo de errores epistémicos. En estos días también ha saltado el caso de la exoneración completa de Mónica Oltra y otros funcionarios acusados de gravísimos delitos. ¿A qué se debe que un juez vea en la conducta de Oltra complicidad y encubrimiento de delitos tan repugnantes como el abuso sexual de menores en estado de especial vulnerabilidad y otro no vea motivo ni siquiera para llegar juicio? En otros muchos casos, esta disparidad judicial ha condenado a pena de banquillo a dirigentes y cargos púbicos de Podemos o a nacionalistas catalanes. Todo esto por no hablar de la disparidad de aplicaciones judiciales de la ley del sí es sí. ¿Y qué decir del juez García Castellón que ha convertido al pánfilo de Puigdemont en el rocoso Josu Ternera? 

¿Sesgos o ruido? Nuestro sistema judicial no está singularmente infestado de ruido, más lo están los sistemas anglosajones de Comon Law estudiados por Khaneman, pero está penetrado hasta los tuétanos de sesgos  conservadores y derechistas. Las soluciones no pueden ser simples ajustes institucionales en la arquitectura de la decisión que corrijan  y reduzcan los errores epistémicos del ruido, sino cambios políticos que remuevan las injusticias epistémicas de los sesgos. Pretender encubrir como ruido lo que son sesgos, no es sino otro macro sesgo que se llama falacia de confusión,  que tanto usa ahora la extrema derecha, como denunciaba en estos días la filósofa alemana Carolim Emcke.

Si has llegado hasta aquí y te gusta nuestro trabajo, apoya lavozdelsur.es, periodismo libre, independiente y en andaluz.

Comentarios

No hay comentarios ¿Te animas?

Lo más leído