José Luis Serrano Moreno, diez años huérfanos de tus glosarios

"El amor funciona como un medio de comunicación simbólicamente generalizado que permite hacer comunicable lo improbable", Niklas Luhmann

17 de febrero de 2026 a las 17:22h
José Luis Serrano Moreno, en una intervención.
José Luis Serrano Moreno, en una intervención.

Recordar hoy a José Luis Serrano Moreno exige asumir el riesgo que él mismo nunca evitó: pensar el Derecho no desde la ilusión normativa, sino desde la nostalgia de la estructura real de su funcionamiento. Para Serrano Moreno, todo el Derecho cabe en el Derecho procesal, tal como todo el universo cabía en el aleph de su amado Borges. Pensarlo, en definitiva, como sistema. Y hacerlo incluso allí donde el sistema revela su ceguera, su clausura y sus límites.

Incluso  desde una perspectiva estrictamente sistémica, hasta  la muerte de Serrano Moreno, hace ya casi una década,  no es un acontecimiento biográfico, sino una irritación que persiste en el sistema jurídico-académico, una perturbación que sigue produciendo efectos porque toca el núcleo de su autorrepresentación. Nunca el pensamiento iusfilosófico se dejó absorber como doctrina estabilizada; permaneciendo siempre  como diferencia activa, como ruido productivo. Serrano Moreno comprendió, antes de que fuera cómodo decirlo, que el Derecho no se legitima por su pretensión de justicia, ni siquiera por su coherencia interna, sino por su capacidad de reproducirse como sistema normativo bajo condiciones históricas determinadas. En esto, su afinidad con Niklas Luhmann es profunda, aunque nunca mimética. El Derecho opera mediante el código lícito/ilícito, se clausura operativamente y solo accede al mundo a través de sus propias operaciones. No ve la realidad: la traduce. Pero allí donde Luhmann describe, Serrano Moreno interroga. Allí donde la teoría de sistemas constata la clausura, él pregunta por sus consecuencias. Y allí donde el sistema jurídico se autopresenta como neutral, él localiza el punto exacto en el que la clausura se convierte en irresponsabilidad.

La  distinción entre validez y vigencia puede ser leída, desde este marco, como una formalización jurídica de una tensión sistémica fundamental: la diferencia entre operaciones normativas autorreferenciales y acoplamientos estructurales exitosos con otros sistemas. Una norma puede ser válida porque cumple las condiciones internas del sistema y, sin embargo, fracasar en su vigencia porque el entorno político, económico, social no permite su estabilización. El sistema sigue funcionando, pero lo hace a costa de producir normatividad sin mundo.

En Sistemas jurídicos: líneas básicas para una teoría general, esta intuición alcanza su formulación más radical. El Derecho aparece allí como un sistema que se reproduce incluso cuando pierde legitimidad, incluso cuando sus decisiones ya no generan expectativas normativas estables. El sistema no colapsa: se vacía. Sigue operando, pero cada vez con menor densidad semántica, con menor capacidad de orientar conductas, con mayor dependencia de la coacción. Desde una lectura luhmanniana estricta, esto no es una anomalía, sino una posibilidad estructural. Desde la lectura de Serrano Moreno, es una patología sistémica. No porque el sistema deje de ser Derecho, sino porque se mantiene como Derecho cuando ya no puede cumplir la función que históricamente lo justificaba: estabilizar expectativas normativas en contextos de complejidad.

La radicalidad de Serrano Moreno se hace especialmente visible en su análisis de la crisis ecológica. Para una teoría de sistemas clásica, el problema ambiental es una irritación externa que el sistema jurídico procesa selectivamente. Para Serrano Moreno, es algo más grave: es la señal de que el sistema jurídico moderno está estructuralmente incapacitado para procesar límites biofísicos. El Derecho traduce la destrucción ecológica en infracciones, daños, sanciones; pero no puede traducir la irreversibilidad, ni la temporalidad larga, ni la entropía. Aquí, la clausura operativa deja de ser una descripción neutral y se convierte en un problema normativo de segundo orden. El sistema jurídico continúa reproduciéndose, pero lo hace ignorando aquello que no puede codificar. No ve la catástrofe; ve expedientes. No ve la pérdida; ve procedimientos. La ceguera no es accidental: es estructural.

Serrano Moreno no propuso salir del sistema;,eso sería una ilusión romántica, pero sí forzar su autodescripción, empujarlo a reconocerse como sistema limitado, históricamente situado, ecológicamente dependiente. En este punto, su pensamiento introduce una torsión crítica en la teoría de sistemas: no niega la clausura, pero exige que el sistema jurídico asuma responsabilidad por lo que deja fuera.

Como profesor, operó del mismo modo. No formó operadores dóciles del sistema, sino observadores de segundo orden. Enseñó a ver cómo el Derecho se ve a sí mismo, cómo se autoproduce, cómo neutraliza el conflicto convirtiéndolo en caso. Su aula fue un espacio de desacoplamiento momentáneo: un lugar donde el sistema jurídico podía ser observado sin dejar de operar. Por ello, Serrano no dejó discípulos ni seguidores, sino que formó a adversarios  dialécticos que lo impugnan tanto como lo quieren y admiran.

Hoy, al evocarlo, comprendemos que su legado no es una teoría pacífica y cerrada, sino una posición epistemológica incómoda: pensar el Derecho sin ilusiones trascendentes, pero también sin resignación funcionalista. Aceptar que el sistema jurídico no puede salvar el mundo, pero tampoco ningún mundo  puede ser salvado sin el sistema jurídico. O mejor aún, que nadie merece ser salvado fuera del derecho.

Desde esta perspectiva, la muerte de José Luis Serrano Moreno no es el final de una obra, sino la persistencia de una diferencia. Mientras el sistema jurídico siga produciendo normas válidas sin vigencia, mientras siga traduciéndolo todo a su propio código sin preguntarse por lo que pierde en la traducción, su pensamiento seguirá operando como irritación crítica. Y quizá ese sea el homenaje más fiel: no canonizarlo, no estabilizarlo como doctrina, sino dejar que siga incomodando al sistema, recordándole que incluso la autopoiesis tiene límites, y que no toda reproducción es, por ello, justificable.

Mi amigo José Luis se enamoró de cosas muy raras, como los conceptos, los glosarios, los viernes…; pero, si algo amaba, era ese monumento  de la evolución humana que es el Estado de derecho. Recordar hoy a José Luis Serrano Moreno exige algo más que reconstruir una trayectoria intelectual: exige observar el sistema jurídico en el punto exacto en el que su semántica comienza a fallar. Porque Serrano Moreno no pensó el Derecho únicamente como sistema normativo, sino como sistema histórico de conceptos, como una red de distinciones que cristalizan experiencias pasadas y proyectan expectativas futuras. Serrano Moreno se situó precisamente en la intersección crítica entre sistema y semántica, allí donde los conceptos jurídicos ya no consiguen absorber la complejidad de la experiencia histórica que pretenden ordenar.

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