Del espíritu de las leyes

Las leyes necesitan un margen para poder ser aplicadas y los jueces, todos, tienen su ideología personal

Javier Zaragoza, durante un juicio. POOL/CGPJ
Javier Zaragoza, durante un juicio. POOL/CGPJ

España no termina de resolver su difícil relación con las leyes, empezando por el problema de saber escribirlas. España es un país bastante parlanchín y se entusiasma tanto con la charla que luego las leyes se quedan a medio hacer. Y es un país que lee poco y lee mal, algo que ha resultado probado en este caso. Nadie en el Parlamento, nadie en el Consejo General del Poder Judicial, nadie en el Consejo de Estado, nadie en la Casa Real ni en el Gobierno. Nadie ha leído, para entender, la ley que unos discutieron y aprobaron, que otros leyeron para comprobar su idoneidad y constitucionalidad, que otros leyeron para firmar y promulgar. Y ahora, la última justificación leída en la prensa es que no solo no se dieron cuenta la ministra de Igualdad y todo su equipo técnico, sobre todo el equipo técnico que es para lo que está, y no la ministra, sino que nadie se dio cuenta. Si nadie se dio cuenta es que nadie lee, y si leen no entienden lo que han leído. Hablamos del revuelo por la aplicación de la ley conocida como la del ‘solo sí es sí’.

España tiene muy malas costumbres con la escritura de las leyes. Se aprovechan las leyes de Presupuestos del Estado para añadir disposiciones y reglas que nada tienen que ver, en realidad, con la llevanza de los gastos e ingresos del Estado. Como es de sobra sabido que eso es antijurídico se sacaron de la manga las llamadas leyes de acompañamiento, en realidad una estafa a la labor legislativa.

El otro problema que tiene España con sus leyes es que se escriben a sabiendas de que habrá trampa, una tradición que viene desde el Conde de Romanones, con aquella socarronería suya de “que hagan las leyes, yo haré los reglamentos”. De lo que, por cierto, se desarrolla toda una cultura alrededor del valor de la ley y del Derecho, dado que la ley solo tiene valor si es aplicada correctamente. Aquí alcanzamos a la judicatura, con todos los principios a los que está obligada para el cumplimiento de su labor, en especial en materia penal. El principio de legalidad, el principio del bien a proteger, el principio de ‘a favor del acusado en caso de duda’ y la prohibición de la irretroactividad desfavorable, que implica la retroactividad favorable, entre otros.

La Audiencia de La Rioja se acoge a una disposición del Código Penal para no modificar las condenas de la ley del “’solo sí es sí’. La Audiencia de Madrid se ha lanzado ya a la aplicación de la retroactividad favorable. Si son necesarios løs juristas es por lo complicado que resulta tener una visión completa sobre el sistema jurídico para llegar a aplicarlo de una manera correcta y cabal.

A muchas personas les irrita que no haya una manera uniforme e invariable de aplicar las leyes y se sienten estafadas o humilladas cuando ven que ‘los mismos hechos’ son considerados de modo distinto en un caso o en otro. Por partes. No siempre tenemos la información completa sobre los hechos, sino una información sesgada sobre ellos, por lo que no estamos en condiciones muchas veces de valorar que realmente haya sentencias distintas por hechos idénticos. En segundo lugar, se ha puesto de moda la ya famosa ‘guerra judicial’ consistente en forzar la aplicación de las leyes para neutralizar o eliminar al adversario ideológico. Las leyes necesitan un margen para poder ser aplicadas y los jueces, todos, tienen su ideología personal.

En el siglo XIX se hablaba todavía de leyes sabias y justas. leyes en su conjunto. Seguramente la Audiencia de La Rioja, con su negativa a la retroactividad favorable, ha apostado por la prudencia, dado que su decisión puede ser después revisada a favor del reo; la decisión de la Audiencia de Madrid parece ajena a la prudencia, puesto que su decisión será de difícil o imposible cambio, o al menos introduce una irritación social ajena a lo que persiguen las leyes: la paz social.

No cabe duda de que debemos tomar en serio lo ocurrido para tratar de modificar una cultura legislativa y judicial alejada de la prudencia que las leyes necesitan en su escritura y en su aplicación. Cuando digo prudencia hablo de que se tomen decisiones cuyos errores sean lo menos lesivos posible para la sociedad y su calidad democrática, y en relación con el bien jurídico que persiguen proteger. En este caso la libertad y la seguridad de las personas.

 

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