De monstruos y leyes

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Periodista, licenciado en Comunicación por la Universidad de Sevilla, experto en Urbanismo en el Instituto de Práctica Empresarial (IPE). Desde 2014 soy socio fundador y director de lavozdelsur.es. Antes en Grupo Joly. Soy miembro de número de la Cátedra de Flamencología; hice la dramaturgia del espectáculo 'Soníos negros', de la Cía. María del Mar Moreno; colaboro en Guía Repsol; y coordino la comunicación de la Asociación de Festivales Flamencos. Primer premio de la XXIV edición del 'Premio de Periodismo Luis Portero', que organiza la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Accésit del Premio de Periodismo Social Antonio Ortega. Socio de la Asociación de la Prensa de Cádiz (APC) y de la Federación Española de Periodistas (FAPE).

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Los monstruos vienen en todas las formas y tamaños. Algunos son cosas que las personas temen. Algunos otros son cosas que antes atemorizaban a las personas. Algunas veces, los monstruos son cosas que las personas deberían de temer, pero que en realidad no lo hacen. La cita es de El océano al final del camino, de Neil Gaiman, y la utiliza la periodista Bárbara Ayuso en un artículo que publica este mes la revista Jot Down. Como sabrás, este primero de julio ha entrado en vigor la llamada Ley de Seguridad Ciudadana o la que conocerás o habrás oído llamar como Ley Mordaza. Sin juicios y sin jueces, no son delitos pero sí son infracciones administrativas con multa o multazo incluida.

La norma, más allá de las sanciones, atenta según numerosos expertos contra derechos básicos como el de intimidad o libertad personal. También contra el derecho a la información. Desde este primero de julio, filtraciones como las que ha hecho temblar a los poderosos que evaden sumas muchimillonarias en paraísos fiscales (Lista Falciani) o los correos de Blesa que derivaron en la tormenta, entre otras cosas, del escándalo de las tarjetas black se moverían en la arena movediza de lo que esta reforma legal considera “terrorismo”. Como sintetiza la plataforma en defensa de la Libertad de Información, el artículo 573 del nuevo Código Penal, a pesar de las enmiendas presentadas, sigue considerando como terrorismo los delitos informáticos. Éstos, por la modificación que ha entrado en vigor, incluyen a quien “por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, acceda sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático” (artículo 197 bis).

Las informaciones sobre seguridad informática o la simple consulta de webs de contenido terrorista abren un peligroso limbo jurídico para los informadores. La imprecisión es tal que califica la consulta con el delito de terrorismo “si la finalidad es desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo, o alterar gravemente la paz pública”. Lo que nada impide, aseguran desde esta plataforma, “que cualquiera que lea estos contenidos, por ejemplo con finalidad informativa o periodística, pueda ser acusado”.

"La simple posibilidad de ser acusados de terrorismo permite pinchazos telefónicos sin autorización judicial o detención incomunicada durante cinco días de periodistas".

La cobertura informativa de acciones de protesta también puede ser terrorismo. Difundir públicamente hechos noticiables relevantes como el bloqueo al desahucio de Caulina, hace cuatro años y del que lavozdelsur.es publicará este fin de semana un reportaje retrospectivo en profundidad, también puede ser terrorismo. Su contenido, se considera ahora, puede ser idóneo para incitar a otros a la comisión de alguno de los delitos de este capítulo. Si además esta cobertura se realiza a través de redes sociales o internet, la pena será mayor. Esto significa que desde ya se corre un enorme riesgo al informar, sin irnos muy lejos, sobre la protesta ante la sede de una oficina de Bankia en Jerez para paralizar el desahucio de una vecina de San Telmo. A todo eso se suma que pueden darse suspensiones de garantías democráticas en el caso de que periodistas o cualquier persona realizando labores informativas puedan ser considerados terroristas. En el mejor de los casos, si finalmente no son condenados, la simple posibilidad de ser acusados permite pinchazos telefónicos sin autorización judicial o detención incomunicada durante cinco días.

Por si fuera poco, algunos de los nuevos delitos que se contemplan, como la consulta de webs de contenido terrorista, abren la puerta a justificar prácticas de espionaje preventivo en busca de determinados perfiles de navegación. Algo "absolutamente aberrante”, a juicio de la plataforma por el Derecho a la Información. Igualmente, la prohibición de la ciberprotesta pone en el precipicio a la libertad de expresión y el derecho a la protesta, amenazados con el pacto, supuestamente, antiterrorista.

El mismo presidente del Gobierno que fue a París para proclamar Je sui Charlie, tras el brutal atentado en la sede de la revista Charlie Hebdo, es el que provoca que entre en vigor una ley cuyos artículos 578 y 579 también castigan con penas de terrorismo la difusión de mensajes por Internet que puedan ser considerados, a libre arbitrio, “enaltecimiento o la justificación públicos” de los nuevos delitos. Pero también los delitos “contra la Corona”, lo que podría llegar a incluir caricaturas o contenidos satíricos de lo más habituales. Quienes defendían la libertad de expresión después de la masacre parisina son los mismos que limitan y estragulan las libertades y nos amordazan. Desde este primero de julio, eres menos libre, apreciado lector. Ojalá seas consciente. Pero ya se sabe, hay cosas que en realidad deberíamos de temer, y en realidad no las tememos. 

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