Lo es y lo seguirá siendo mientras la ley lo permita y haya jueces dispuestos o dispuestas. Hasta hace poco tiempo se podía hablar de errores judiciales. Un verdadero y lamentable problema jurídico de difícil solución, más bien imposible, por el que nadie ha pagado todavía (y lo que rondaré). No hay manera de reponer el daño causado por el error. Por el error, no. Por la intención cuando la hay, sí debería existir un mecanismo de reparación y de ejemplaridad real. El despacho del Juez de Alcalá de Guadaíra, ciudad a doce kilómetros de Sevilla, cuando todavía había un solo juez, ignoramos si alguno de los actuales lo sigue luciendo, una placa tras el sillón pedía mesura, más análisis, mejor investigación, con la frase “Acuérdate del pobre panadero”, inocente ajusticiado por la validación del error de un testigo.
El conocido como “crimen de Cuenca”, de los dos con ese nombre el segundo, motivo la modificación los artículos 954, 958 y 960 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el artículo 75 del Código Penal modificado además para que no se pudiera presentar una acusación de homicidio si no se hallaba el cadáver (vuelta a modificar en 2015, a raíz de la desaparición de Marta del Castillo); el artículo 106 de la Constitución de la República, la Ley de indemnización de víctimas de errores judiciales, y el Código de Justicia Miliar, éste ya en 1980 tras la exhibición de la película de Pilar Miró con ese mismo nombre, que reprodujo las torturas sufridas por los dos inocentes acusados.
Qué envidia ¿verdad? Hoy modificar alguna Ley aparenta ser pecado mortal para algunos políticos “muy creyentes”.
Después de veinte años de haberse cerrado el caso del supuesto asesinato de José María Grimaldos el 21 de agosto de 1910, en Osa de la Vega, provincia de Cuenca, lo reabrió un juez tozudo y —quiso creerse— máximo justiciero. Los dos acusados, con el único cargo de la sospecha del juez y la acusación de la madre del que había sido jefe de ambos, tomada como testimonio, Gregorio Valero y León Sánchez fueron juzgados de nuevo y sometidos a tormento para obligarlos a confesar su “crimen”, por el que cumplieron doce años de duro encierro en una cárcel de la época. La acusación y el juez habían deducido (¿deducido o decidido?) que el móvil del crimen había sido robarle el dinero y varias ovejas, todo ello después de una instrucción y un juicio tormentosos, lleno de irregularidades. Por fortuna (¿y casualidad o inseguridad en la propia valoración?) el juez no llegó a decretar su ajusticiamiento y ambos presidiarios pudieron salir de la cárcel cuando el supuesto asesinado, el muerto-no muerto apareció en el pueblo más cercano, dicen algunos que arrastrándose.
Hoy somos más sofisticados. Y puede ser que también más malintencionados. Porque primero se denuncia a una persona o a un colectivo. Sin pruebas, naturalmente, pues el/la/los denunciante/s no las tienen. Entonces hay jueces quienes, pese a la recomendación del Supremo, admiten a trámite la denuncia y se dedican con verdadero interés a buscar las pruebas que faltan para poder formalizar la acusación. Por tanto estamos ante una imputación “un poco” forzada. En casos similares los juzgados se han visto obligados a reconocer que todas las acusaciones lanzadas contra Podemos eran falsas, en lo político. Y en lo económico, por ejemplo, se ha demostrado que ABENGOA no cometió ningún fraude en el AVE de Medina a La Meca.
Podemos pudo sobrevivir a pesar de las falsas acusaciones lanzadas para hacer daño. Abengoa, menos afortunada, ya no existe. Pero el objetivo de los demandantes se ha visto cumplido: la sola acusación y la imputación, más la campaña realizada por los mismos demandantes y sus allegados, tratando como delincuentes a quienes solamente eran denunciados, esa campaña soez, que precisamente no espera al veredicto del Juzgado para lanzar su acusación, ha llenado de oprobio a unas personas y a unas instituciones, ha ensuciado su imagen. Les ha dañado en lo más profundo. Pero, recuérdese, el objetivo de los demandantes en todos los casos se ha visto cubierto. No se ha conseguido el encarcelamiento de los acusados, pero eso era lo de menos, después de meses, casi siempre años de desprestigio a la entidad o persona denunciada. Pero la denuncia falsa, por lo visto, no es delito. O no se investiga, todo lo contrario de la denuncia. Y los denunciantes y sus adeptos siguen teniendo sus manos y sus malas intenciones libres para seguir denunciando sin pruebas a quienes quieran desprestigiar.
El colmo, el máximum del desprestigio de la propia política y de los políticos, que así está su credibilidad. Pero como los mayores actores son quienes menos vienen perdiendo…
