Seis vecinos de Sevilla y uno de Barcelona ya constan como afectados por el brote de listeriosis provocado por Magrudis

La Audiencia Provincial de Sevilla admite como afectadas a siete víctimas de listeriosis que la jueza rechazó incluir en un principio

Instalaciones de Magrudis, en una imagen de Google Maps.
Instalaciones de Magrudis, en una imagen de Google Maps.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha acordado admitir como afectadas a siete víctimas de listeriosis que la jueza del caso Magrudis, Pilar Ordoñez, rechazó incluir "al no constar que hayan sufrido listeriosis provocada por la cepa objeto de investigación". Facua-Consumidores en Acción, que ejerce la acusación particular en el caso, había interpuesto un recurso contra la decisión del Juzgado de Instrucción número diez de Sevilla de no tener a la asociación como personada en nombre de estos siete afectados —seis de ellos de Sevilla y el séptimo residente en Barcelona—.

Ahora, en un auto fechado el 23 de diciembre de 2020, la Audiencia Provincial ha informado de que admite la personación de la asociación en nombre de estas siete personas siguiendo el criterio "de admisión de la personación de aquellos afectados respecto de los que se aprecien indicios de relación causal con el consumo de carne mechada de la empresa investigada".

Así, ha acordado la admisión de estos siete perjudicados ya que todos ellos fueron diagnosticados de listeriosis o tuvieron síntomas propios de la enfermedad poco después de consumir carne mechada de Magrudis, considerando, además, que se han apreciado indicios suficientes de afectación por la listeriosis. Algunos de ellos tuvieron que recibir tratamiento antibiótico o incluso fueron ingresados en el hospital.

Pese a que no todos los perjudicados por el caso Magrudis se encuentran en la lista de afectados de la Junta de Andalucía "por cuanto no se pudo determinar que la listeriosis sufrida procedía de la cepa investigada por distintos motivos (ingesta de antibióticos, tiempo transcurrido desde la enfermedad y la extracción de las muestras, no estar indicado el hemocultivo en protocolo previo a la alerta sanitaria, etc.)", el tribunal entiende que deben tenerse en cuenta otros elementos probatorios "incluso la práctica de prueba pericial para determinar si las afecciones sufridas pueden ser anexadas a la cepa de Magrudis"

La Audiencia Provincial, por tanto, ha resuelto estimar el recurso presentado por Facua contra la decisión del Juzgado y ha indicado también que dicha resolución es firme y no procede ningún recurso contra la misma.

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