Un juzgado de Sevilla ha concedido la custodia de una niña de corta edad al padre, a pesar de que este se encuentra investigado en un procedimiento penal abierto por presuntas agresiones hacia la menor, entre ellas de carácter sexual. La decisión judicial ha generado una notable controversia y ha sido recurrida por la madre.
La resolución ha sido dictada por la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Sevilla (Plaza número 6) —antiguo Juzgado de Primera Instancia número 30— mediante una providencia que ordena que la custodia pase al progenitor, quien hasta ahora veía a la menor varios días por semana a través de un Punto de Encuentro Familiar.
Según explica la abogada de la madre, Elisabeth Guerrero, del bufete Boutique Legal, se trata de una “inexplicable decisión, que ha sido recurrida”, ya que la medida supone que el padre asuma la custodia mientras la madre pasa a tener un régimen de visitas, pese a que el progenitor está siendo investigado tras las heridas presentadas por la niña después de algunas visitas.
La letrada subraya además que “la niña ha dado muestras fehacientes de que tiene reticencias a estar con su padre”, un aspecto que, a su juicio, no ha sido suficientemente valorado en la providencia judicial.
El papel del Punto de Encuentro Familiar
Hasta ahora, el régimen de visitas se realizaba mediante un sistema supervisado, en el que la madre entregaba a la menor en un Punto de Encuentro Familiar, sin contacto entre ambos progenitores. Con la intermediación de una asistente social, la niña era entregada al padre y devuelta a la madre siguiendo el mismo procedimiento y en un horario previamente acordado.
No obstante, cuando se inició el proceso penal contra el progenitor, la madre solicitó la suspensión cautelar de las visitas. Al no obtener una respuesta favorable, decidió no entregar a la menor, lo que ha derivado, según la defensa, en la providencia por la que la jueza ha acordado conceder la custodia al padre.
“Se negó porque el padre seguiría viendo a la niña en las mismas condiciones, y no se puede aceptar, porque las presuntas agresiones se habrían producido estando solos los dos, lo que queremos evitar”, argumenta la abogada.
"Un precedente preocupante", según la defensa
La letrada advierte de que el caso puede sentar “un mal precedente” y, “con todo respeto a la presunción de inocencia”, reclama que la custodia permanezca en manos de la madre y que el padre no pueda sacar a la niña del Punto de Encuentro Familiar, de modo que cualquier contacto sea siempre supervisado por una tercera persona.
Elisabeth Guerrero también señala que la menor ha evidenciado que no quiere estar con su padre más tiempo del necesario, y recuerda que la denuncia formal se presentó tras contar con informes médicos que indicaban la existencia de “lesiones objetivadas en cuello, extremidades y zona genital”.
Dichos informes recogían igualmente “manifestaciones espontáneas de la propia menor, identificando como autor a su padre biológico”, lo que motivó que los hechos fueran remitidos “por sospecha fundada de agresión”. El procedimiento penal se encuentra actualmente en fase de diligencias previas.
A esta documentación se suma un informe pericial elaborado por técnicos de la Consejería de Justicia durante el proceso de separación, que señalaba que el padre presentaba “un importante desfase madurativo” y era “emocionalmente inestable, algo iracundo, desorganizado, muy dependiente y con dificultades para el cumplimiento de normas y acuerdos”.
El mismo informe indicaba que la percepción del progenitor sobre su hija “no es acorde a los intereses de ésta”, al haber omitido referencias a las circunstancias sanitarias de la menor y mostrar una “gran animadversión” hacia la madre.
Por el contrario, el informe describía a la madre como una persona “emocionalmente estable y equilibrada, objetiva y organizada”, con “gran potencial de recursos personales”. El Equipo Psicosocial de la Justicia consideró este documento “clave para la custodia de la menor”, recuerda la letrada, que confía en que se estimen las alegaciones presentadas y que, en caso de mantenerse las visitas, estas sean siempre vigiladas.


