El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha recibido una demanda por un presunto caso de responsabilidad patrimonial tras el fallecimiento de un paciente de 76 años. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla ha admitido a trámite la reclamación, que apunta a un retraso en el diagnóstico como factor determinante en la evolución de la enfermedad
Según ha informado en un comunicado el bufete Sires Abogados, que representa al hijo del fallecido, durante más de seis años no se practicaron pruebas diagnósticas esenciales, en especial colonoscopias de seguimiento protocolizadas, pese a los antecedentes médicos del paciente y a la persistencia de síntomas abdominales.
La demanda recoge que el hombre presentaba antecedentes digestivos desde 2010, entre ellos pólipos colónicos que requerían controles periódicos conforme a protocolo clínico. Sin embargo, la revisión prevista para 2018 no se llevó a cabo. Entre ese año y 2024 acudió en al menos 42 ocasiones a distintos centros dependientes del SAS por dolor abdominal persistente y otras molestias digestivas, sin que, según el letrado, se realizaran pruebas complementarias para descartar una patología oncológica.
No fue hasta mayo de 2024 cuando, tras acudir nuevamente a Urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Macarena, se le practicó una colonoscopia urgente que confirmó un adenocarcinoma de colon en estadio IV, con metástasis hepáticas, pulmonares y peritoneales. El diagnóstico reveló un cáncer colorrectal avanzado en fase metastásica, lo que descartó cualquier tratamiento curativo. El paciente fue derivado a Oncología con indicación de quimioterapia paliativa y posteriormente ingresó en cuidados paliativos, falleciendo en agosto de 2024.
La demanda sostiene que el retraso supuso una “pérdida real de oportunidad terapéutica” y un agravamiento progresivo de la enfermedad. Se fundamenta en el artículo 106.2 de la Constitución Española y en la Ley 40/2015, que regula la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas cuando el funcionamiento normal o anormal de los servicios causa un daño efectivo. El procedimiento se encuentra en fase procesal, pendiente de pruebas periciales, documentales y testificales. Para el abogado José Antonio Sires, el caso trasciende “un retraso administrativo”.
