"Tú me dejas, pero yo te llevo por delante"

La Audiencia de Sevilla lo condena a pena de cárcel tras apuñalar en el cuello a una mujer con la que mantenía una relación sentimental

El cuchillo con el que mató a su mujer el asesino machista de La Puebla de Cazalla, en Sevilla: "Tú me dejas, pero yo te llevo por delante"
El cuchillo con el que mató a su mujer el asesino machista de La Puebla de Cazalla, en Sevilla: "Tú me dejas, pero yo te llevo por delante"

Condena para el asesino machista de La Puebla de Cazalla. La Audiencia de Sevilla ha condenado a siete años de cárcel a un varón por delitos de lesiones y de detención ilegal, cometidos al cortar en el cuello a su pareja con un cuchillo causándole una herida sangrante y e impedirle repetidas veces salir de la vivienda para buscar auxilio, extremo que realizó el inculpado al manifestarle ella su decisión de poner fin a su relación sentimental a consecuencia de los insultos que él le deparaba.

En una sentencia emitida el pasado 7 de julio y recogida por Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla declara probado que el acusado, identificado como José G.V. y y la víctima iniciaron una relación "análoga a la conyugal en noviembre de 2021, conviviendo los fines de semana en el domicilio de él", si bien la mujer puso fin a dicha relación por "los insultos" que recibía del encausado, que "se mostraba celoso" de las amistades de su pareja con otros varones y ejercía "actos de control".

Ante la "insistencia de reconciliación" del hombre, según el relato de hechos probados, ella accedió a reanudar la relación con la condición de que él se abstuviese de beber alcohol.

Según la sentencia, la noche del 23 al 24 de abril de 2022, ambos estuvieron en un local de La Puebla de Cazalla con unos amigos y "consumieron alcohol", regresando juntos al domicilio del encartado, donde discutieron sobre las 6 horas de la madrugada porque el inculpado habría recriminado a la mujer que hubiese "saludado a un amigo en el bar"; extremo tras el cual la insultó gravemente dos veces, según el relato de hechos probados.

Luego, la víctima trasladó al acusado "su intención de dejar la relación" de nuevo y fue en ese momento, según el relato de hechos probados de la sentencia, cuando el inculpado acudió al cuarto de baño de la vivienda y salió del mismo armado con un cuchillo "tipo machete", con el que "con ánimo de acabar con la vida" de su pareja, le puso el arma blanca en el cuello mientras le decía "tú me vas a dejar, pero yo me quito la vida y a ti te llevo por delante".

El acusado, según el relato de hechos probados, fue "clavando lentamente en el cuello" el cuchillo a su pareja, quien ante esta situación, para intentar que el inculpado "parara", le dijo "que lo quería y que no lo iba a dejar", logrando que él retirase el cuchillo de su cuello, si bien ya había sufrido una herida que sangraba. La mujer "intentó coger su teléfono móvil para pedir auxilio", pero el inculpado, siempre según la sentencia condenatoria, se lo impidió y arrojó el terminal "en repetidas ocasiones contra el suelo" hasta dejarlo "destrozado".

No la dejó salir de la vivienda

Según la resolución de la Audiencia, aunque la victima pidió al acusado poder salir de la vivienda porque "sangraba mucho", este le contestó "que eso era lo que quería, que se desangrara", restregándole incluso su propia sangre en el rostro.

La sentencia condenatoria detalla además los posteriores intentos de la mujer por abandonar la vivienda, pero en todas las ocasiones él "impidió que saliera" y, después, con el aviso de que iba a "haber más sangre", se realizó el mismo un corte en su muñeca izquierda, que comenzó a sangrar.

La mujer habría pedido al encartado que acudiese al cuarto de baño a lavarse la herida, extremo que el mismo realizó, momento en el cual la víctima aprovechó para abandonar "corriendo la vivienda" y salir a la calle, donde fue auxiliada por un viandante, no sin que antes el inculpado profiriese la amenaza de que la iba "a matar", siempre según el relato de hechos probados.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha condenado por estos hechos a José V.G. a tres años de cárcel por un delito de lesiones con la agravante de género y de parentesco y las atenuantes de reparación del daño y intoxicación por consumo de alcohol, pues admite que el inculpado ha depositado 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil y actuó con sus capacidades moderadamente afectadas por el consumo combinado de alcohol y fármacos contra la depresión.

Además, le impone cuatro años más de cárcel por un delito de detención ilegal con las mismas agravantes y atenuantes y diez años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella.

La sentencia le impone multa por un delito de daños y la obligación de indemnizar a su expareja con la cuantía de 15.000 euros.

Sobre el autor:

J. R.

Periodista.

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