A la cárcel por construir una casa prefabricada con piscina en una parcela ilegal en Dos Hermanas

Un hombre se enfrenta a un año y tres meses de prisión por levantar este inmueble en suelo declarado no urbanizables de carácter natural o rural protegido

Imagen de archivo de una casa prefabricada.
Imagen de archivo de una casa prefabricada.

Un año y tres meses es el tiempo que deberá pasar un hombre en la cárcel por contruir una casa prefabricada en una parcela de forma ilegal en Dos Hermanas. La Audiencia de Sevilla ha condenado a esta persona, además, a una multa así como a un año de inhabilitación para la actividad de construcción o promoción inmobiliaria, por un delito contra la ordenación del territorio.

El suelo donde decidió instalar su casa con piscina está declarado como no urbanizable de carácter natural o rural protegido por el planeamiento urbano.

La sentencia inicial condenatoria incluye además "la demolición de lo construido y la realización de las obras precisas para reponer la parcela objeto de autos a su estado originario".

Además, el Juzgado de lo Penal número siete declaró probado que en 2017, el inculpado adquirió "una subparcela o fragmento no dividido" de una extensión de 550 metros cuadrados, derivada de "una parcela de mayor superficie" localizada en Dos Hermanas.

El hombre conocía el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Dos Hermanas, pero, pese a ello, procedió antes del mes de junio de 2018 a ejecutar cerramientos laterales y frontal con bloques de hormigón en su totalidad de unos dos metros de altura con puerta metálica de unos seis metros con sistema de corredera.  También incorporó solado de hormigón de 17 metros de ancho por 18 metros de largo; piscina de 12 metros de largo por seis de ancho; instalación de una móvil-home, una pared con ladrillo y mortero; estructura metálica con postes de acero y cubierta de chapa ondulada.

Según la sentencia recogida por Europa Press, la subparcela disponía de suministro de agua y de electricidad obtenido de un punto común para toda la parcela, y fosa séptica, así como antena de TV.

"El acusado, conocedor de la imposibilidad de realizar en la porción de terreno adquirida obra alguna, llevó a cabo la edificación de lo anterior sin solicitar licencia de ningún tipo en tanto que dichas obras en ningún caso resultarían autorizables", sostiene la condena del Juzgado de lo Penal.

La Sección Séptima de la Audiencia expone que "está fuera de duda de que lo construido es incardinable en el concepto de edificación con vocación de permanencia ilustrada por la construcción del cerramiento de la subparcela con muros de hormigón y una puerta metálica, el solado de hormigón o una piscina", entre otros elementos.

"Este carácter permanente de por sí atenta contra la naturaleza del suelo sobre el que se construyó, con la consideración legal de suelo no urbanizable de carácter rural o natural (puertas), de forma que ninguna construcción era autorizable según las normas urbanísticas municipales", explica. 

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Patricia Merello Guzmán

P. Merello

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