El Consejo Rector del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (Opaef), reunido este martes en la sede de la Diputación sevillana, ha dado luz verde a la distribución de anticipos ordinarios de recaudación destinados a los municipios de la provincia de Sevilla. Esta inyección económica, que alcanzará los 305 millones de euros en 2026, representa un importante respaldo financiero para las entidades locales sevillanas.
Este significativo desembolso se traduce en una transferencia mensual de 27,7 millones de euros a lo largo del año, permitiendo a los ayuntamientos contar con recursos anticipados para la gestión de sus servicios y proyectos. La medida busca fortalecer la autonomía financiera de los municipios y facilitar la planificación de sus presupuestos.
Apoyo financiero clave para los municipios
Javier Fernández, presidente del Consejo Rector, destacó que "estos anticipos ordinarios de recaudación son un mecanismo de apoyo financiero a los municipios, que les permite disponer de manera anticipada y sin coste alguno, de los ingresos previstos de su recaudación voluntaria". Además, se ha delegado en la vicepresidencia del organismo la capacidad de ajustar estos anticipos en los casos contemplados en la normativa vigente.
La Diputación de Sevilla, a través del Opaef, juega un papel crucial en el soporte económico de los ayuntamientos. "Un apoyo que la Diputación presta a través del Opaef y que resulta esencial para la planificación financiera de los ayuntamientos de la provincia. Estos 305 millones de euros representan un incremento del 4,37% con respecto al año anterior, lo que se traduce en 12,75 millones más en términos absolutos y casi 1,2 millones mensuales, que estamos adelantando a las haciendas de nuestros pueblos", añadió Fernández.
Crecimiento de la recaudación voluntaria
El aumento en la cifra de anticipos refleja el buen desempeño de la recaudación voluntaria en 2025. Según Fernández, este incremento "es representativo también del crecimiento experimentado por la recaudación voluntaria en 2025". Los datos de los últimos años muestran una evolución positiva: 280 millones de euros en 2023, 281 millones en 2024, 292 millones en 2025, y los 305 millones proyectados para este año. En total, el importe destinado a financiar anticipos ordinarios sobre la recaudación voluntaria de los municipios, aprobado en el Opaef para el Mandato en curso, asciende a 1.158 millones de euros.
Financiación sin recurrir a operaciones financieras
La normativa vigente permite al OPAEF suscribir operaciones financieras de hasta 192,6 millones de euros para financiar estos anticipos. Sin embargo, desde 2020, el organismo ha optado por no utilizar esta alternativa. "Tampoco este año tendremos que recurrir a las operaciones financieras, ya que desde la Diputación hemos habilitado entre 60 millones y 100 millones de euros para esta actuación del Opaef", explicó Javier Fernández, subrayando el compromiso de la Diputación con la estabilidad financiera de los municipios.
Condiciones de los anticipos
Los anticipos ordinarios se otorgan en virtud del derecho reconocido a las entidades delegantes en la Ordenanza reguladora de las relaciones interadministrativas. Este derecho es consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación de Sevilla para su ejercicio por el Opaef. Los municipios reciben, en once entregas mensuales e iguales entre enero y noviembre, el 90 por ciento de la recaudación voluntaria líquida del ejercicio anterior de los tributos recaudados mediante padrón.
En la sesión del Consejo Rector también se aprobaron los tipos de interés aplicables a los anticipos extraordinarios de voluntaria y ejecutiva. Estos se calcularán al tipo fijo anual máximo para operaciones a doce meses, según el último Anexo I de la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. El tipo actual, actualizado el 13 de enero, se sitúa en el 2,09%.
Transparencia y cumplimiento normativo
Finalmente, el Consejo Rector fue informado sobre el cumplimiento por parte del Opaef, durante el cuarto trimestre de 2025, de los plazos establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Esta medida garantiza la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones legales por parte del organismo.


