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El jurado popular rechaza las tesis de la familia de Ana Buza y absuelve a su pareja por la muerte

A pesar de que circulaba a 117 kilómetros por hora en un desvió de 80, el jurado no cree que el atropello fuera intencionado

  • Antonio Buza en su visita al juzgado. -

El jurado popular de la Audiencia de Sevilla ha declarado este martes no culpable a Rafael V.P., de 32 años, por la muerte de Ana Buza, la joven de 19 años que falleció en septiembre de 2019 cuando circulaba junto a él por la autovía A-4, a la altura de Carmona (Sevilla). El tribunal ciudadano ha descartado que el acusado provocara de forma intencionada el atropello de su entonces pareja y también que fuera responsable de su muerte por circular por encima de la velocidad máxima permitida en ese tramo.

El veredicto se ha dado a conocer a primera hora de la tarde en la Audiencia Provincial de Sevilla, después de la celebración del juicio por la muerte de la joven. En concreto, el jurado ha considerado por mayoría de siete votos frente a nueve que Rafael no es culpable de haber atropellado intencionadamente a Ana Buza. De esta forma, queda descartada la versión defendida por la familia de la joven durante el procedimiento, que sostenía que el atropello formaba parte del "culmen" de la violencia de género que sufría.

La resolución del jurado también ha abordado la velocidad a la que circulaba el vehículo en el momento de los hechos. En este caso, la decisión ha sido unánime: los nueve miembros han considerado que Rafael no es culpable de haber causado la muerte de Ana Buza por circular a 117 kilómetros por hora en el desvío hacia Carmona, un tramo en el que la velocidad máxima permitida está fijada en 80 kilómetros por hora. Por tanto, el jurado tampoco ha atribuido al acusado responsabilidad penal por la velocidad a la que circulaba.

La Fiscalía

El pronunciamiento llega después de que la Fiscalía mantuviera la pasada semana sus conclusiones definitivas, en las que solicitaba tres años de prisión para Rafael por un delito de homicidio imprudente. No obstante, el Ministerio Público había planteado también como alternativa la ausencia de delito y, por tanto, la no culpabilidad del procesado. Durante el juicio, las distintas partes habían mantenido versiones diferentes sobre las circunstancias en las que se produjo la muerte de la joven, ocurrida en septiembre de 2019 cuando viajaba con quien entonces era su pareja.

Tras conocerse el veredicto, la magistrada que ha presidido el juicio ha dictado sentencia absolutoria 'in voce' durante la propia sesión celebrada este martes 6 de septiembre en la Audiencia Provincial de Sevilla. La decisión se produce después de que el jurado descartara tanto el atropello intencionado como la responsabilidad de Rafael por la velocidad a la que circulaba por la A-4 en el tramo próximo a Carmona.

 

El jurado popular de la Audiencia de Sevilla ha declarado este martes no culpable a Rafael V.P., de 32 años, por la muerte de Ana Buza, la joven de 19 años que falleció en septiembre de 2019 cuando circulaba junto a él por la autovía A-4, a la altura de Carmona (Sevilla). El tribunal ciudadano ha descartado que el acusado provocara de forma intencionada el atropello de su entonces pareja y también que fuera responsable de su muerte por circular por encima de la velocidad máxima permitida en ese tramo.

El veredicto se ha dado a conocer a primera hora de la tarde en la Audiencia Provincial de Sevilla, después de la celebración del juicio por la muerte de la joven. En concreto, el jurado ha considerado por mayoría de siete votos frente a nueve que Rafael no es culpable de haber atropellado intencionadamente a Ana Buza. De esta forma, queda descartada la versión defendida por la familia de la joven durante el procedimiento, que sostenía que el atropello formaba parte del "culmen" de la violencia de género que sufría.

La resolución del jurado también ha abordado la velocidad a la que circulaba el vehículo en el momento de los hechos. En este caso, la decisión ha sido unánime: los nueve miembros han considerado que Rafael no es culpable de haber causado la muerte de Ana Buza por circular a 117 kilómetros por hora en el desvío hacia Carmona, un tramo en el que la velocidad máxima permitida está fijada en 80 kilómetros por hora. Por tanto, el jurado tampoco ha atribuido al acusado responsabilidad penal por la velocidad a la que circulaba.

La Fiscalía

El pronunciamiento llega después de que la Fiscalía mantuviera la pasada semana sus conclusiones definitivas, en las que solicitaba tres años de prisión para Rafael por un delito de homicidio imprudente. No obstante, el Ministerio Público había planteado también como alternativa la ausencia de delito y, por tanto, la no culpabilidad del procesado. Durante el juicio, las distintas partes habían mantenido versiones diferentes sobre las circunstancias en las que se produjo la muerte de la joven, ocurrida en septiembre de 2019 cuando viajaba con quien entonces era su pareja.

Tras conocerse el veredicto, la magistrada que ha presidido el juicio ha dictado sentencia absolutoria 'in voce' durante la propia sesión celebrada este martes 6 de septiembre en la Audiencia Provincial de Sevilla. La decisión se produce después de que el jurado descartara tanto el atropello intencionado como la responsabilidad de Rafael por la velocidad a la que circulaba por la A-4 en el tramo próximo a Carmona.

 

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