Ayudas al empleo autónomo en Villaluenga: así puedes solicitar las nuevas subvenciones municipales

El alcalde de la localidad, Alfonso Moscoso, ha desgranado la forma de presentar los documentos necesarios que exigen y los beneficios que pueden obtener si cumplen los requisitos

Un trabajador meses atrás. Villaluenga anuncia un paquete de medidas para fomentar el empleo autónomo.
Un trabajador meses atrás. Villaluenga anuncia un paquete de medidas para fomentar el empleo autónomo. MANU GARCÍA

El Ayuntamiento de Villaluenga ha puesto en marcha un plan de ayudas a emprendedores y empresas locales que se verán beneficiados de un paquete de medidas destinadas a impulsar al sector empresarial de la localidad y a todo aquel que desee iniciarse en la actividad económica.

El alcalde del municipio, Alfonso Moscoso, ha indicado que "esta convocatoria tiene como objetivo el mantenimiento del empleo autónomo, de la de la actividad de las microempresas y de las pequeñas empresas que constituyen el tejido empresarial del municipio".

De estas ayudas podrán beneficiarse todas las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y sociedades mercantiles, con domicilio fiscal en Villaluenga del Rosario y que estén dadas de alta o vayan a estarlo en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente, de forma ininterrumpida hasta la fecha de presentación de la correspondiente solicitud y que tengan el carácter de microempresas o pequeñas empresas. 

El plazo máximo para la presentación de la solicitud de estas ayudas finaliza el 30 de Junio de 2023. Las solicitudes deberán presentarse en la oficina del Registro del Ayuntamiento de forma presencial o telemática. 

Según ha explicado el alcalde, se pedirá a los solicitantes la documentación mínima exigible: 

-DNI de la persona solicitante.

-Certificado expedido por el Tesorero de la Corporación que acredite que la persona solicitante de la subvención se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento. 

-Certificados de estar al corriente con la Hacienda Pública Estatal, Autonómica y Local. 

-Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social. 

-Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (o la solicitud de alta, en su defecto), en el caso de personas físicas. 

-Número de trabajadores contratados. (Indicar en el anexo I)

-Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, para comprobar el cese de su actividad o cierre del local por la declaración del estado de alarma. 

-Vida laboral. 

-Informe de bases y cuotas ingresadas en la seguridad social. 

Conceptos subvencionables

Los efectivamente realizados en el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2022 hasta la fecha de la presentación de la solicitud de la subvención: 

-Medidas para mantener la actividad: 

• Gastos de personal: nómina y seguridad social. 

• Gastos de cuotas a la seguridad social de autónomos. 

-Medidas para incentivar el inicio de la actividad: 

• Ayuda directa de hasta 1.500,00 para las nuevas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. (+ 200 € para emprendedores menores de 30 años). 

• Ayuda directa de hasta 1500 para el establecimiento que causen alta mediante la creación de una sociedad. (+ 200 € para emprendedores menores de 30 años). 

- Medidas de ayudas a operaciones financieras: 

Subvención de los intereses satisfechos por razón de operaciones financieras directamente vinculadas con la actividad desarrollada. 

"Las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases se valorarán conforme a su ponderación, el objetivo de estas nuevas ayudas persigue que los desempleados de la localidad puedan tener una oportunidad de acceso al mercado laboral en el autoempleo", ha concluido Moscoso. 

Sobre el autor:

Pablo Mata

P. M.

Periodista.

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