El Tribunal de Cuentas exhibe ante las Cortes las "irregularidades" del Consorcio del Bicentenario

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El órgano fiscalizador pone el foco especialmente en el capítulo de subvenciones: en 2008 hubo 13 beneficiarios que recibieron 186.000 euros sin detalle de actividades ni por qué fueron elegidos frente al resto de aspirantes.

El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, presenta este lunes ante las Cortes el informe de fiscalización de las actividades del Consorcio para la Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de Cádiz entre 2007 y 2012 en el que se alerta de numerosas irregularidades, deficiencias e incumplimientos en materia de subvenciones y gastos y de falta de control interno o descoordinación en la labor de esta entidad. El capítulo de subvenciones es uno de los más llamativos en cuanto a las irregularidades detectadas por el órgano fiscalizador, que comienza advirtiendo de que el presidente del Consorcio convocó subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en los ejercicios 2008 y 2009 pese a que no está acreditado que tuviera competencia para ello.

El Tribunal de Cuentas alerta de que la convocatoria de 2008 no determinó la cuantía máxima de las subvenciones convocadas, en contra de lo establecido reglamentariamente; tampoco la cuantía individualizada de cada una de ellas o los criterios para su determinación. De la misma forma, no consta que se tramitara de forma previa a la convocatoria el expediente de gasto exigido. Ese año se concedieron 14 subvenciones a 13 beneficiarios por importe total de 186.000 euros pero no consta, siempre según el Tribunal de Cuentas, por qué se desestimó al resto ni el detalle de las actividades subvencionadas. Tampoco hay documentación sobre la constitución de la comisión que debía valorar las solicitudes presentadas, cuyo número se desconoce, al igual que los criterios aplicados para la valoración de las beneficiarias.

El fiscalizador ha analizado, de forma aleatoria, cuatro de esas 14 subvenciones y todas ellas tienen irregularidades. El Centro de día de mayores de San Fernando, por ejemplo, ni siquiera "reunía los requisitos exigidos en las bases reguladoras para ser beneficiario" y "tampoco hay constancia de la documentación que el beneficiario debía presentar como justificante de la subvención" ni consta si el Consorcio consideró o no justificada esta subvención ni si fue finalmente pagada. Las otras tres subvenciones analizadas y correspondientes a 2008 —a la Asociación de la Prensa de Cádiz, la Asociación Qultura y la Asociación de empresas de publicidad y diseño— fueron solicitadas fuera de plazo, lo que ya de por sí debió determinar su no admisión a trámite. La Asociación de la Prensa renunció posteriormente a la subvención pero el tribunal señala que en el expediente no hay información posterior a esa renuncia.

La Asociación Qultura, por su lado, recibió 32.000 euros pero el tribunal fiscalizador considera que "la subvención no esta justificada, por lo que debió exigirse su reintegro"; mientras que sobre la recibida por la asociación de empresas de publicidad, el órgano ve tal "desorden de expediente, duplicidades de documentos, mezcla de originales y fotocopias y ausencia de relaciones completas y clasificadas de los gastos" que es imposible "verificar" su justificación.

En el año 2009 se modificaron las bases reguladores de las subvenciones de concurrencia pública limitando las nuevas a actividades de carácter cultural relacionadas con la época y valores de la Constitución de 1812 pero las irregularidades continuaron al no constar tampoco documentación previa sobre la comisión que debía valorar las solicitudes presentadas y desconocerse los criterios de valoración o las razones para la concesión. De ese ejercicio, se examinó la concedida a la Unión de Comerciantes de Cádiz, con una cuantía de 18.000 euros para la celebración de un mercado conmemorativo. Además de exponer que el coste total ascendió a casi 54.000 euros, casi el 40 por ciento fue para medios propios del beneficiario, como carteles, folletos o programas, sin que haya información de cómo se evaluó ese coste. La mayor parte de las facturas presentadas fueron abonadas a los correspondientes proveedores fuera del plazo establecido para la justificación de la subvención "por lo que no se deberían haber considerado gastos subvencionables".

Las subvenciones directas concedidas no parecen mucho mejor justificadas que las anteriores y el tribunal ve que no se puede acreditar razón de interés público, social o humanitario para su concesión extraordinaria. De la misma manera, detecta deficiencias en el procedimiento establecido al haber sido concedidas por el presidente cuando no tenía competencias. En las tres referentes a The Soloist of London incluso concluye que "los gastos no debieron ser subvencionables" y no descarta "exceso de financiación".

Sin coordinación en las actividades

Las deficiencias recogidas en el informe de fiscalización, de un centenar de páginas y que ha sido registrado en el Congreso de los Diputados a primeros de este mes de abril, también hacen referencia a la planificación y al seguimiento de las actividades que se realizaron con motivo del Bicentenario. De ese modo, Cuentas dice no tener constancia de que existiera programación plurianual para los años de funcionamiento del consorcio ni de programas anuales de actividades para los años 2007, 2008 y 2009.

Los programas facilitados referidos a los siguientes ejercicios hasta 2012 "no cumplen los requisitos mínimos de aprobación para ser considerados instrumentos de planificación vigentes", dice el informe que, concretamente, sobre el de 2012 dice que "se ha facilitado una memoria de actos conmemorativos que no es más que un documento gráfico de carácter divulgativo que no ofrece ningún tipo de dato de carácter económico y tampoco recoge una clasificación de actividades realizadas.

Tampoco se han facilitado las memorias anuales de las actividades realizadas que debía elaborar la Comisión Ejecutiva, según lo establecido en los estatutos del Consorcio, denuncia Cuentas, que también apunta a que, al margen del Consorcio, varias Administraciones públicas realizaron sis propias actuaciones de conmemoración faltando una "adecuada coordinación", lo que ha "dificultado" verificar su los gastos realizados por el Consorcio se adecuaban a la finalidad para la que se constituyó.

Disolver "a la mayor brevedad" el Consorcio

A la vista de las deficiencias, el Tribunal de Cuentas comienza recomendando al Gobierno las medidas necesarias para proceder "a la mayor brevedad posible" a la liquidación definitiva del Consorcio y a su consiguiente disolución. Además, le pide que para futuros supuestos de colaboración de distintas administraciones o entes públicos en torno a una misma actividad o conmemoración adopte las medidas que aseguren la coordinación entre todos ellos y evite así la "superposición de competencias y actividades". Del mismo modo, entre sus recomendaciones hay una dirigida a que se establezca "un sistema de control interno suficiente" que garantice el seguimiento de las actividades programadas y la adecuación económico financiera, incluyendo las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento.

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