el puerto

Una mujer muere a 67 metros de un centro de salud de El Puerto: piden cárcel para una enfermera y una celadora por el retraso en la asistencia

La Fiscalía solicita dos años y medio de prisión para cada una de las acusadas, que serán juzgadas por un jurado popular en Cádiz

  • El centro de salud Pinillo Chico de El Puerto, en una imagen de Google Maps.

Una enfermera y una celadora del centro de salud Pinillo Chico, en El Puerto, se sentarán este mes en el banquillo de la Audiencia Provincial de Cádiz por la muerte de una mujer de avanzada edad que sufrió una emergencia sanitaria en su domicilio, situado a apenas 67,71 metros del ambulatorio.

La Fiscalía acusa a ambas trabajadoras de homicidio por imprudencia grave y omisión del deber de socorro, al considerar que incumplieron los protocolos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y provocaron una demora en la atención que necesitaba la paciente.

El Ministerio Público solicita para cada una dos años y medio de prisión y una multa de 2.520 euros, además de una indemnización conjunta de 138.003,89 euros, más intereses, para la familia de la fallecida. En el caso de la enfermera, reclama también dos años de inhabilitación profesional, como publica Diario de Cádiz.

El marido acudió a Urgencias: su mujer estaba "muy mal" y "no podía respirar"

Los hechos se remontan al sábado 22 de mayo de 2021. Sobre las 15.00 horas, un hombre acudió al servicio de Urgencias de Pinillo Chico para pedir asistencia para su esposa, que se encontraba en casa en estado grave.

Según el escrito provisional de acusación, el marido explicó que la mujer estaba "muy mal" y que "no podía respirar". La celadora que lo atendió en el mostrador le indicó que "se fuera a su casa y que llamase al 061", advirtiéndole de que los médicos no podían abandonar el centro sanitario.

El hombre siguió esas indicaciones y regresó a su domicilio. La Fiscalía sostiene que esa respuesta incumplía el Protocolo de Coordinación de la Asistencia Extrahospitalaria Urgente y Emergente del Sistema Sanitario Público de Andalucía, que establece que "en ningún caso, se le indicará al ciudadano que llame directamente al centro coordinador".

Regresó por segunda vez cuando su esposa ya no respondía

La situación de la paciente empeoró y llegó a un punto en el que, según la acusación, "ni siquiera respondía a estímulos".

Ante la gravedad de lo que estaba ocurriendo, su marido volvió al centro de salud. Esta vez se encontraban tanto la celadora como la enfermera que será juzgada.

Sin embargo, la Fiscalía considera que ambas volvieron a incumplir el procedimiento establecido, que contemplaba la autoactivación del equipo móvil del centro sanitario y la comunicación al centro coordinador de emergencias.

En lugar de seguir ese procedimiento, las acusadas realizaron una llamada al 061, según el relato del Ministerio Público.

Durante la tramitación de la asistencia, el equipo móvil de Pinillo Chico fue movilizado para atender otra emergencia de prioridad 1. Finalmente, tuvo que desplazarse hasta la vivienda un equipo sanitario procedente de Puerto Real, con el consiguiente retraso en la atención, según la Fiscalía.

La enfermera no acudió a la vivienda pese a la activación del 061

El escrito de acusación señala que la situación de la mujer también estaba clasificada como prioridad 1, por lo que requería asistencia preferente debido a su edad y sus patologías previas. Ante esa circunstancia, el 061 activó al equipo fijo del centro de salud Pinillo Chico, del que formaba parte la enfermera acusada, para que acudiera al domicilio hasta la llegada de los profesionales desplazados desde Puerto Real.

No obstante, la enfermera no llegó a trasladarse a la vivienda, según la Fiscalía, pese a que el protocolo establecía esa obligación. El Ministerio Público indica que la trabajadora no acudió ante la presencia del equipo sanitario de Puerto Real.

Cuando los servicios de emergencias llegaron al domicilio, la paciente se encontraba en parada cardiorrespiratoria y asistolia, es decir, sin actividad eléctrica cardíaca detectable.

Los sanitarios consiguieron recuperar sus constantes vitales hasta en dos ocasiones y avisaron al Hospital de El Puerto para preparar un posible traslado a la Unidad de Cuidados Intensivos. Sin embargo, la mujer volvió a entrar en asistolia y finalmente falleció a las 16.45 horas, una hora y 45 minutos después de que su marido acudiera por primera vez al centro de salud.

La Fiscalía relaciona el retraso asistencial con el fallecimiento

El Ministerio Público sostiene que los incumplimientos de los protocolos sanitarios provocaron una demora que resultó determinante en el desenlace.

"Como consecuencia de la demora en la atención sanitaria urgente por el incumplimiento de los protocolos establecidos por el SAS, la parada cardiorrespiratoria fue irreversible y la paciente falleció a las 16:45 horas", recoge el escrito de acusación. Será el jurado popular el encargado de examinar durante el juicio las pruebas sobre la actuación de ambas profesionales y las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento.

La acusación pública reclama que la celadora, la enfermera y la aseguradora del SAS respondan conjuntamente de la indemnización de 138.003,89 euros, más los intereses correspondientes. El Servicio Andaluz de Salud figura como responsable civil subsidiario.

 

 

 

Una enfermera y una celadora del centro de salud Pinillo Chico, en El Puerto, se sentarán este mes en el banquillo de la Audiencia Provincial de Cádiz por la muerte de una mujer de avanzada edad que sufrió una emergencia sanitaria en su domicilio, situado a apenas 67,71 metros del ambulatorio.

La Fiscalía acusa a ambas trabajadoras de homicidio por imprudencia grave y omisión del deber de socorro, al considerar que incumplieron los protocolos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y provocaron una demora en la atención que necesitaba la paciente.

El Ministerio Público solicita para cada una dos años y medio de prisión y una multa de 2.520 euros, además de una indemnización conjunta de 138.003,89 euros, más intereses, para la familia de la fallecida. En el caso de la enfermera, reclama también dos años de inhabilitación profesional, como publica Diario de Cádiz.

El marido acudió a Urgencias: su mujer estaba "muy mal" y "no podía respirar"

Los hechos se remontan al sábado 22 de mayo de 2021. Sobre las 15.00 horas, un hombre acudió al servicio de Urgencias de Pinillo Chico para pedir asistencia para su esposa, que se encontraba en casa en estado grave.

Según el escrito provisional de acusación, el marido explicó que la mujer estaba "muy mal" y que "no podía respirar". La celadora que lo atendió en el mostrador le indicó que "se fuera a su casa y que llamase al 061", advirtiéndole de que los médicos no podían abandonar el centro sanitario.

El hombre siguió esas indicaciones y regresó a su domicilio. La Fiscalía sostiene que esa respuesta incumplía el Protocolo de Coordinación de la Asistencia Extrahospitalaria Urgente y Emergente del Sistema Sanitario Público de Andalucía, que establece que "en ningún caso, se le indicará al ciudadano que llame directamente al centro coordinador".

Regresó por segunda vez cuando su esposa ya no respondía

La situación de la paciente empeoró y llegó a un punto en el que, según la acusación, "ni siquiera respondía a estímulos".

Ante la gravedad de lo que estaba ocurriendo, su marido volvió al centro de salud. Esta vez se encontraban tanto la celadora como la enfermera que será juzgada.

Sin embargo, la Fiscalía considera que ambas volvieron a incumplir el procedimiento establecido, que contemplaba la autoactivación del equipo móvil del centro sanitario y la comunicación al centro coordinador de emergencias.

En lugar de seguir ese procedimiento, las acusadas realizaron una llamada al 061, según el relato del Ministerio Público.

Durante la tramitación de la asistencia, el equipo móvil de Pinillo Chico fue movilizado para atender otra emergencia de prioridad 1. Finalmente, tuvo que desplazarse hasta la vivienda un equipo sanitario procedente de Puerto Real, con el consiguiente retraso en la atención, según la Fiscalía.

La enfermera no acudió a la vivienda pese a la activación del 061

El escrito de acusación señala que la situación de la mujer también estaba clasificada como prioridad 1, por lo que requería asistencia preferente debido a su edad y sus patologías previas. Ante esa circunstancia, el 061 activó al equipo fijo del centro de salud Pinillo Chico, del que formaba parte la enfermera acusada, para que acudiera al domicilio hasta la llegada de los profesionales desplazados desde Puerto Real.

No obstante, la enfermera no llegó a trasladarse a la vivienda, según la Fiscalía, pese a que el protocolo establecía esa obligación. El Ministerio Público indica que la trabajadora no acudió ante la presencia del equipo sanitario de Puerto Real.

Cuando los servicios de emergencias llegaron al domicilio, la paciente se encontraba en parada cardiorrespiratoria y asistolia, es decir, sin actividad eléctrica cardíaca detectable.

Los sanitarios consiguieron recuperar sus constantes vitales hasta en dos ocasiones y avisaron al Hospital de El Puerto para preparar un posible traslado a la Unidad de Cuidados Intensivos. Sin embargo, la mujer volvió a entrar en asistolia y finalmente falleció a las 16.45 horas, una hora y 45 minutos después de que su marido acudiera por primera vez al centro de salud.

La Fiscalía relaciona el retraso asistencial con el fallecimiento

El Ministerio Público sostiene que los incumplimientos de los protocolos sanitarios provocaron una demora que resultó determinante en el desenlace.

"Como consecuencia de la demora en la atención sanitaria urgente por el incumplimiento de los protocolos establecidos por el SAS, la parada cardiorrespiratoria fue irreversible y la paciente falleció a las 16:45 horas", recoge el escrito de acusación. Será el jurado popular el encargado de examinar durante el juicio las pruebas sobre la actuación de ambas profesionales y las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento.

La acusación pública reclama que la celadora, la enfermera y la aseguradora del SAS respondan conjuntamente de la indemnización de 138.003,89 euros, más los intereses correspondientes. El Servicio Andaluz de Salud figura como responsable civil subsidiario.

 

 

 
COMENTARIOS