La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Málaga ha ordenado restituir la pensión por gran invalidez a un hombre de 44 años que había visto revocado este derecho por el Instituto Nacional de la Seguridad Social a finales de 2024. La resolución judicial deja sin efecto la decisión administrativa y reconoce nuevamente la situación de gran invalidez, así como el derecho a percibir la prestación que ya tenía concedida con anterioridad.
El afectado sufre una tetraparesia derivada de una reacción adversa a un tratamiento de quimioterapia tras un cáncer testicular. Esta afección le provoca una importante limitación de movilidad en las cuatro extremidades, obligándole a utilizar una silla de ruedas y a depender de ayuda de terceros para numerosas actividades básicas de la vida diaria.
El caso se remonta a abril de 2021, cuando la Seguridad Social le reconoció inicialmente la gran invalidez. Sin embargo, en 2023 este grado fue rebajado a una incapacidad permanente absoluta, decisión que el afectado recurrió ante los tribunales. Mientras el proceso judicial estaba en curso, el organismo revisó nuevamente su expediente y emitió una resolución el 30 de diciembre de 2024 en la que negaba cualquier grado de incapacidad.
La decisión judicial
Posteriormente, el 10 de febrero de 2025, el Juzgado de lo Social número 6 de Málaga estimó la demanda del afectado y volvió a reconocerle la gran invalidez. La sentencia más reciente, dictada en marzo de 2026, consolida esta situación al anular la resolución administrativa de 2024, al considerar que no existían pruebas médicas que acreditaran una mejoría en su estado de salud.
El afectado cuenta además con un reconocimiento administrativo de discapacidad del 95% y un grado III de dependencia por parte de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. La decisión judicial pone fin a un proceso en el que se habían cuestionado las condiciones médicas de una persona con graves limitaciones funcionales.
